¿Tengo derecho a reclamar un vehículo de sustitución?

Hace mes y medio que dejé el vehículo en el taller porque temblaba y olía a quedamos. Tras un par de semanas allí me dijeron que podría ser la culata, puesto que la junta de culata estaba en perfecto estado. Pasaron los días y tras las comprobaciones vieron que la culata estaba abombada y la planificaron. Procedieron a montarlo y ahora el coche no arranca y no me dan una solución. Pasa el tiempo y el vehículo sigue allí. He solicitado un vehículo de sustitución y me dicen que el que tienen está adjudicado a otro cliente. Como he escrito antes, el coche entró en el taller el 15/02/2016... ¿Puedo reclamar que me pongan un coche de sustitución o pidan ellos a su seguro el pago de un coche de alquiler? Me imagino que el taller tendrá seguro de responsabilidad civil... Se está demorando bastante, necesito el coche con urgencia y esto no tiene pinta de solucionarse.

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No hay ninguna ley en si misma que obligue al taller a darte un vehículo de sustitución, de hecho los talleres que prestan este servicio no lo llaman vehículo de sustitución, sino de cortesía y es una deferencia hacia sus clientes o mejor dicho hacia alguno de sus clientes, ahora bien revisa la letra pequeña del contratado y de tu seguro, puede que tengas derecho a este servicio, pero sera. Como te digo, condiciones particulares de tu seguro o servicio de tu taller, no por ley

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No, ni tiene derecho por ley ni el taller tiene la obligación de facilitárselo. Y si lo tiene contratado con su seguro, tampoco, pues ese sólo se facilita en casos de accidentes de circulación.

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