Derecho a paro o prestación habiando trabajado de autónoma y cuenta ajena

He estado dada de alta en autónomos durante 4 años (pagando el cese de actividad). En septiembre del pasado año me di de baja de autónomos ya que una empresa en la cual prestaba servicios estaba interesada en incorporarme en su plantilla. Ahora me han comunicado que declinan mis servicios y me rescinden el contrato. (He estado 6 meses con ellos)

¿Tengo derecho a paro o tipo de ayuda? O por el contrario no me pertenece nada. Si alguien me pudiera aclarar esta situación estaría muy agradecida.

3 Respuestas

Respuesta

El principal problema que tienes aquí es que la prestación por cese de actividad y el desempleo del trabajador por cuenta ajena no se acumulan, que de ahí imagino que vienen parte de tus dudas.

Como te han dicho, existen subsidios para supuestos en que la cotización no alcanza el mínimo general. Dicho esto, te recomiendo acudir a la web oficial del SEPE más que a otras externas. Ahí ya te dicen toda la documentación y relacionadas

https://www.sepe.es/contenidos/personas/prestaciones/quiero_cobrar_paro/he_trabajado_menos_un_ano.html 

Habiendo cotizado seis meses, cumplirías uno de los requisitos (período mínimo de cotización), con lo cual habría que ver si cumples el resto de los que puedes ver ahí

Respuesta
1

En principio por lo que me cuentas, no tienes derecho a paro, ya que para tener paro necesitas cotizar durante 1 año entero, al llevar sólo 6 meses no tienes derecho.

Ok ¡Gracias! Alguna opinión más... la empresa me dice que el gestor le ha dicho que si me pertenece algo...

¿

Sabéis si hay alguna ayuda?

Respuesta

Si el trabajador tiene responsabilidades familiares
– Si se ha cotizado durante 3, 4 o 5 meses y se tienen responsabilidades familiares (cónyuge o hijos a cargo) el subsidio será de 3, 4 o 5 meses respectivamente.

– Si se ha cotizado entre 6 y 12 meses y se tienen responsabilidades familiares el subsidio tendrá 21 meses de duración (se concede inicialmente por seis meses y luego hay que ir solicitando las prórrogas cada seis).

* Preste atención a este detalle: cuando se tiene familia a cargo, con cinco meses de cotización se tiene derecho a 5 meses de subsidio, pero con 6 meses de cotización, se tiene derecho a 21 meses. La diferencia es considerable. También es importante saber que tener el cónyuge a cargo también es considerado responsabilidad familiar.

http://www.citapreviainem.es/subsidio-por-insuficiencia-de-cotizacion/ 

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas