Estoy indefenso ante un administrador

Miren tengo un problema enorme y no sé que hacer. Les explicaré: Hace casi 2 años compré un ático duplex. Hace un año realicé unas obras de reforma normales, para poder ir a vivir allí con mi esposa. Quería que todo fuera bien como nuevo vecino que iba a ser y notifiqué el comienzo de las obras no solo al Sr. Presidente sino a todos los vecinos, mediante carta en la que me presentaba, y ponía a su disposición dándoles mi teléfono donde me podían localizar las 24 horas del día. Al comienzo de la obra en la parte superior del ático (el desván), detectamos al ir a solucionar unas filtraciones de agua provenientes del tejado, que aquello era bastante grave. Consulté con un arquitecto que me dio la idea de levantar la cubierta mediante una estructura sencilla en la que apoyaríamos una cubierta tipo sándwich era algo sencillo, no perjudicaba los intereses de ningún vecino, no representaba ningún problema estructural al edificio, apenas se veía desde la calle pues estaba realizada sobre el desván del ático retranqueado, por lo que en principio podría hacerse. El me aconsejó que dadas las circunstancias lo hiciera. Pero también me dijo que aunque habitual en todas las ciudades este tipo de obras el ayuntamiento no concede licencia de obras, por lo que habría que hacerla sin obtenerla, ya que es muy difícil que el Ayuntamiento actué de oficio, sino media una denuncia. Primero, deberíamos comunicarlo al Sr. Presidente para que lo inspeccionara y decidiera si era necesario convocar una junta extraordinaria a tal fin. Y eso hice. ¿Comencé la obra hasta dejarla en su momento más? ¿Crudo?, para que el Presidente pudiera verla perfectamente. Le pareció que estaba muy bien y que no representaba ningún peligro para el edificio. Naturalmente al tratarse de un elemento común yo era consciente de que tenía que obtener la unanimidad de los propietarios, pero confiaba en que tal y como había hecho las cosas desde el principio, cumpliendo escrupulosamente con la LPH, manteniendo siempre en perfectas condiciones el zaguán y ascensor, no habría problemas.
Mi primer contacto con el Administrador fue en la junta que convoque en julio 2005 para que se me autorizase la elevación, El nos dijo a todos que según lo dispuesto en el Art. 7.1 la obra alteraba un elemento común como es el tejado. Por supuesto estoy de acuerdo. ¿El problema viene cuando de su? ¿Cosecha? Se saca que como la obra no tiene permiso de obras, ni proyecto (yo acompañé un estudio del Dr. Arquitecto con planos y haciéndose responsable en toda su extensión de la obra, la cual era muy sencilla, pero evidentemente al no poder sacar la licencia de obras, ¿no podía presentar un proyecto sellado por el colegio de arquitectos) y añadió que no se puede hacer? ¿Legal? ¿Lo? ¿Ilegal?, y que presentara lo que creyera conveniente en otra junta. Tengo que decir que en esa junta el único punto de orden del día era la autorización o no de la obra del tejado. Pero el administrador no procedió a la votación al argumentar que no se podía al carecer la obra de los permisos legales. Este es el señor que administra mi comunidad. Cuando debería saber perfectamente que la junta puede aprobar la obra (siempre que sea por unanimidad) independientemente de los permisos administrativos que precise y no vincular la decisión de la junta a eso.
El caso es que me gasté un montón de dinero y conseguí un informe sellado por el Colegio Oficial de Arquitectos de Valencia en el que me decía claramente que la obra no vulneraba ninguna Ordenanza Urbanística. Por la sencilla razón que ese edificio se había construido con una planta menos por lo que tenía margen de actuación en el vuelo del edificio. Tengo que decir que la obra es minúscula, no he levantado ninguna planta ni nada parecido, sólo una muy pequeña actuación en el tejado.
Lo presenté en Junta de Diciembre de 2005 para su aprobación junto con la autorización para instalar un cerramiento en la terraza que llegaría hasta la fachada. Este cerramiento apenas ocuparía el 20% del total de la terraza. Bien, pues aunque no lo crean, de nuevo en aquella junta que fue un caos, el administrador consiguió con su manipulación que no se me autorizara la obra, que se reservaban las acciones legales y que no me autorizaban la colocación del cerramiento. Dejé constancia que como la terraza es privativa mía, pues retranquearía el cerramiento un metro y ocultaría para que no fuera visible desde la vía pública. Digo privativa, no de uso, sino de mi propiedad según consta en mi escritura, en el registro de la propiedad y por supuesto en la Escritura de constitución y declaración de obra nueva de la finca.
¿Pero lo? ¿Gordo? Estaba por llegar. ¿El administrador a mi entender falseó ese acta cuando puso que el? ¿Cerramiento se prohibía en la terraza que es de uso común?, cosa que falsa. Y así el pasado día 22/03/06, se convocó junta para tratar el tema de la obra y las posibles acciones judiciales a emprender. Yo que pensé que en diciembre se había acabado todo, no había hecho más que empezar. Llamé al Administrador para preguntarle que me concretara que se iba a tratar en la reunión para prepararme y me contestó que era por las quejas de algunos vecinos por el cerramiento. Yo, como comprenderán me quedé muy tranquilo, tan sólo era llevar todas las escrituras que demostraban que la terraza era mía y punto. A tal fin me dijo mi notario por la mañana, que fuera tranquilo, la terraza era mía y un cerramiento de ese tipo, que es de cristal y aluminio íntegramente que además por supuesto no afecta a la fachada, no precisa autorización de nadie. Pero lo triste era que yo tenía que ir a una Junta a demostrar las partes que componen mi casa. Con lo fácil que hubiera sido que el administrador hubiera revisado la Escritura de constitución y declaración de obra nueva de la finca y explicarlo con claridad a los vecinos.
Comenzó la junta y les dejé hablar para delimitar de lo que íbamos a hablar, pues no quería que se volviera a tocar el tema del maldito tejado. Y efectivamente sólo hablaron del cerramiento. Cuando terminaron de exponer comencé yo. Saqué todas las escrituras y como sería, que el propio administrador se permitió dudar de todas ellas y en una huida hacia delante cambió el discurso y dijo:¿? Mira, lo importante no es si la terraza es tuya o de la comunidad, ¿sino la obra en si? Claro, ahí comenzó todo el follón y se volvió a sacar todo lo de la obra que ya se había dejado aparcado en diciembre, y que yo para esta reunión no había preparado. Al final fue un desastre, me insultaron, me chantajearon diciéndome que si quitaba el cerramiento no votaban la obra del tejado a lo que me negué por supuesto. Me considero una persona de bien, integra, y no tengo porque ceder a los chantajes de nadie.. Esta actitud mía a no quitar el cerramiento, que no tengo porqué, ¿se malinterpretó por algunos vecinos como que me negaba a quitar algo...

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Debo decirle que no se tiene que sentir tan sólo o extraño por lo que le está sucediendo. En nuestro despacho, un amplio espectro de los asuntos que tratamos son de Comunidades de Propietarios, y por desgracia la desavenencia entre los vecinos o las malas redacciones de actas, acuerdos indebidos adoptados sin las mayorías suficientes, o sin estar debidamente detallados, suelen ser moneda común.
Mi consejo en el presente caso es que espere a la recepción de la demanda judicial, y podrá comprobar jurídicamente en qué queda el acuerdo tomado en la Junta para demandarlo. Es probable, que si el abogado de la Comunidad de Propietarios analiza el problema y no tiene viabilidad jurídica, ni tan siquiera formule la demanda. En cualquier caso y teniendo en cuenta lo delicado de la situación, sería aconsejable que repasara lo acordado en las últimas actas, y aquellas en las que se haya acordado algo en contra de sus intereses o con vulneración de la forma, las impugne judicialmente, pueden ser muchas las causas. Además, debería ir solicitando un presupuesto de dos o tres Administradores de fincas, para presentar al momento de la Junta de renovación de cargos, pues debe recordar que el Administrador no es un cargo vitalicio, sino propuesto y nombrado por los vecinos y que cualquier año puede ser cambiado por otro. Ya sea porque sale más rentable económicamente o porque sea más diligente. Los bandos en las comunidades de Propietarios, suelen ser habituales, y por lo que me cuenta, su situación actual es difícil para buscar alianzas que apoyen su postura, pero desde aquí le animo a que con buenas palabras y educación, fundamentando su postura pueda encontrar aliados que si no le quieren apoyar en la Junta, al menos le den la autorización para que vote en su nombre -fórmula ésta que suele usarse por aquellas personas que no desean enfrentarse con otros vecinos en temas más complejos-. Si como Vd. dice el Administrador es bastante "incompetente" debe resultar relativamente sencillo probar y hacer ver al resto de los vecinos, errores en la contabilidad, dobles partidas, o mala redacción de las actas, o búsqueda de conflictos intervecinales para fomentar sus propios intereses.
Quiero que sepa que mi despacho se encuentra a su entera disposición para poder estudiar su problema más detalladamente, impugnación de las actas o la demanda que pueda interponerle la Comunidad de Propietarios. Ofreciéndole un presupuesto antes de cualquier actuación para que pueda prestar su consentimiento, si estuviera interesado.
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Contra un abogado siempre hay otro abogado.
Si las cosas son como Vd me ha dicho, sólo tiene que esperar a recibir la demanda, examinar los términos en que se redacta la misma y contestarla cumplidamente con toda la documentación que tiene en su poder, e incluso con un informe pericial en el que diga que la obra del tejado es perfectamente legalizable y no supone aumento de edificabilidad ni de volumen privativo.
Sí le aconsejo que desde este momento busque y encuentre un abogado profesional y serio, para que cuando reciba la demanda ya tenga estudiado el asunto.
Vd puede hacer en su espacio privativo las obras que le vengan en gana, siempre que no al tere la configuración exterior del mismo.
Respecto a las obras del tejado reconvenga Vd y pida su importe a la comunidad ya que las reparaciones de los elementos comunes corren a cargo de la comunidad ( humedades en la cubierta ).
El problema que veo a la obra de la terraza es que el juez considere que altera la configuración del edificio, el único punto débil que tiene su defensa, pero sobre esta cuestión hay abundante doctrina y jurisprudencia.
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Creo que vas a tener que buscar un abogado, pero no del despacho del administrador, y a ver que dice el Juez. Yo personalmente por lo que dices no lo veo nada claro. Evidentemente si una obra no se puede hacer urbanísticamente, puede repercutir en una sanción a la comunidad, lo de que se puede levantar una altura más, me extraña, porque no es característica de los promotores inmobiliarios no agotar la edificabilidad.
No se que decirte, que es cosa de estudiarlo mejor, verlo sobre el terreno, y llegar a un argumento defendible ante el Juzgado que es al final donde la comunidad y tu os vais a tener que explicar.

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