Cambio de ventana a puerta en ático

Mi nombre es Peio y esta es mi consulta:
Hace dos años compramos un piso, es un ático y esta situado encima del edificio rodeado por una terraza muy grande. A esta terraza podemos acceder todos los vecinos por una puerta común.
Al ir a comprar el piso, en una de las reuniones, estando nosotros, la inmobiliaria que representaba a la comunidad y el presidente del edificio, hablamos de diversos temas, uno de ellos es el cual tengo el problema, como digo, hablamos de que una de las ventanas de mi ático que da a la terraza, hacerla puerta, para poder acceder a la terraza, sin tener que pasar por la puerta común, hacerlo más cómodo.
Al tiempo en una reunión de vecinos (no hemos asisitido a ninguna reunión, porque es segunda vivienda y vivimos lejos) se habló de que eso era ilegal y que lo restauráramos, de hecho mandaron a un albañil para tomar medidas y nos enviaron una carta a petición expresa de algún vecino al presidente dándonos un plazo de 15 días, sin estar aprobado en ninguna junta y que harían ellos las obras con una factura que debíamos pagar nosotros.
Eso se paró y al año y medio, nos llamó una vecina que es abogada, indicándome que nos cederían una parte de la terraza en cesión durante 50 años previo pago de 36000 euros, les dije que ni puedo ni quiero.
Ahora, a los dos años de la compra, se ha realizado una reunión en la que se aprueba emprender acciones legales contra los cambios que hemos realizado.
Comentaros, que el edificio tiene 30 años, esta lleno de aires acondicionados en la fachada, balcones que se han cerrado, tenderetes de colores diversos y en la terraza habrá unas 15 parabólicas grandes con sus correspondientes conexiones y cables que bajan por la fachada hasta cada casa correspondiente. Por cierto mi casa con sus cambios no se ven desde la calle. En esta última reunión, dije al administrador que comentará que se iba a convocar otra reunión para modificar todos estos aspectos.
Acabo, quería me contestarais lo siguiente,
¿Tengo muchas posibilidades de perder?
En mi descargo quiero presentar lo siguiente:
Que en el articulo 7 de la ley de la propiedad horizontal dice:
1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad. Cosa que nosotros hicimos, eso si, sin estar escrito y el dice que no lo recuerda, la inmobiliaria si lo recuerda.
Que, sin estar aprobada por ninguna junta y sólo a efecto de algún vecino, se nos instó a cambiar lo realizado bajo amenaza en un plazo de 15 días, sino un albañil haría el trabajo.
Que, una vecina a titulo particular pero habiendo hablado en una reunión, con el presidente y el administrador, y sin haberse aprobado en ninguna reunión a ofrecernos una cesión a cambio de 36000 euros. Cosa que no entiendo, ya que si es ilegal es ilegal.
Que, vía fotos y video, mostrar como se encuentra el edificio, con sus parabólicas, etc, sin que no se haya aprobado en ninguna junta y que estos vecinos (esto último es lo que voy a proponer y ya me han dicho que no creen que se apruebe) no aprueban su modficación a su estado natural.
Siento la extensión, si me podéis aclarar algo, sería de gran ayuda.

2 respuestas

Respuesta
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El cambio realizado afecta a la fachada, si se remite al art. 7 seria su configuración o estado exteriores con lo que requiere unanimidad en junta en virtud del art. 17.1 LPH
Si no ha pasado más que dos años y le llevan al juzgado el juez al no tener en acta permiso de la comunidad le obligará a devolverlo a su estado actual más los gastos de abogado y si le condenan en costas le saldría más caro.
Puede intentar el ataque también usted denunciando a la comunidad por todo lo que comenta ilegal y negociar que retiren demanda pero si continúan con ella lo tiene difícil.
Mande escrito con acuse de recibo, lo ideal seria burofax, carta certificada no valdría porque no atestigua el contenido, o llevele dos copias y que le firme recibí, pero le aconsejo mejor burofax exigiendo que se retiren antenas y demás que tampoco están aprobadas en junta y también necesitarían unanimidad en virtud del art. 17.1 LPH apercibiendoles de tomar medidas legales contra la comunidad de no hacerlo, así pueden negociar dejar todo como esta.
Lo que comenta de la vecina es ilegal también pero si no tiene nada por escrito es difícil de demostrar.
Por favor valore la respuesta.
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Si necesitaras saber un poco más lo de legal pregunta aqui en este sitio y puedes salir de dudas pronto un saludo... la gente hacen a veces lo que les de la gana y a hay que informarse mejor .

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