Denuncia de un vecino a la comunidad

El vecino del ático de nuestra propiedad acaba de denunciar a la comunidad de vecinos porque tiene humedades en el techo de su vivienda.
Explicación: El edificio es construido sobre el año 1980. Los constructores se quedaron con el Ático para ellos. En las escrituras figura que son 200m construidos más la terraza. Pero en realidad son 400m construidos más la terraza ( toda la parte superior del edificio). La comunidad, que se paga por coeficiente, la pagan como si la vivienda fuesen 200m.
Este ático fue embargado hace años y ahora tiene un propietario que es el que nos ha denunciado porque no le arreglamos las humedades, puesto que fuguran 200m de cubierta pero tiene 400m. Nosotros lo que le decimos que le arreglamos 200m y el resto que lo arregle el. En el juzgado ha presentado las escrituras del ático con sus 200m y luego un informe de un arquitecto técnico donde dice que son 400m de techos y 1.100m de paredes con humedades, y la cantidad que cuesta la reparación (10 000€). El edificio no tiene tejado. Está con tela asfáltica y el técnico aconseja que se ponga otra cosa que en total vale 32.000€. O sea que nos pide en total 42000€. Somos 42 vecinos.
¿Tiene derecho a que le arreglemos toda la cubierta, si el solo paga comunidad de 200m?
En caso de hacer otra división horizontal para poner bien los coeficientes, quien tendría que correr con los gastos. ¿El interesado o la comunidad?

1 respuesta

Respuesta
Si tiene derecho, eso lo dirán los tribunales de justicia, que como usted manifiesta, ya se encuentra el asunto en sede judicial.
Cosa distinta es que la división horizontal respecto a esa vivienda no esté ajustada a las escrituras o sí lo esté y ustedes estén en un error, porque supongo que nadie habrá tenido a la vista las citadas escrituras más que su dueño.
No se puede hacer otra división horizontal, salvo que iniciaran un expediente de dominio sobre el exceso de las terrazas, si éstas son elemento común, porque si fueran privativos nada podrían hacer, o puede darse el caso que sean comunes de uso privativo.
Los gastos del expediente, como puede suponer han de correr por parte de quien los promueve, porque ese señor no pide nada, sino que sería la comunidad como usted apunta.
Ruego cierre la pregunta y valore

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