¿Me pueden obligar a dejar la reducción de jornada?

Llevo con una reducción de jornada desde Mayo-2008 de 7 horas diarias en lugar de 8, acogiéndome a la nueva ley que dice que lo mínimo de reducción es 1/8. Ahora he solicitado reducir una hora más, pasando a 6 horas para evitar trabajar por la tarde. Me aceptan la petición, pero me avisan que siendo el departamento pequeño y por carga de trabajo, me podrían solicitar trabajar 7 u horas en lugar de 6. ¿PUeden hacer esto?. ¿Me puedo negar a aceptarlo en caso de que me lo solicitaran?.
Y otra pregunta, yo voy a hacer un horario de 8:30 a 14:30. Mi empresa no tiene horarios fijos establecidos escritos, pero hay gente en la empresa que entra a las 8 y no se va a comer hasta las 15:00. ¿Me podrían obligar a trabajar en horario partido?. La cierra no empresa como tal puesto que no es de cara al público (comercio) sino una oficina.

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Una vez concedida la reducción de jornada la empresa no puede obligarte a que renuncies a ella, por lo tanto no pueden obligarte.
En caso de reducción de jornada por cuidado de hijo serás tú quien tenga derecho a elegir el horario de trabajo dentro del horario habitual, si este es ininterrumpido no tendrías problemas, si es a jornada partida deberías solicitarlo dentro de este horario.
Pero parece que tenéis un horario con cierta flexibilidad, lo que podrías hacer sería solicitarlo en función de tus necesidades y si la empresa se niega, como siempre, te quedaría la reclamación vía judicial y que fuera el juez el que diera la razón a uno u a otro. Pero vuelvo a repetir, dentro de tu horario habitual indicado en calendario laboral la empresa no podría negarse.
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La reducción de jornada por cuidado de un hijo, la eliges tu. Solo tienes que preavisar de que te vas a acoger a una mayor reducción, y poniendo el horario que tu veas conveniente, y por supuesto, sin que sea horario partido.
Recuerda, comunicas la reducción no la solicitas, ya que es un derecho tuyo. Eso si, hazlo por escrito, y en caso de que te lo denieguen, pones una denuncia ante el juzgado de guardia, quien resuelve la cuestión en menos de un mes, y ademas a tu favor.

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