Denuncia por conducción temeraria, podría recurrirla?

El día 28/10/2025, aproximadamente a las 21:20 circulaba por la carretera comarcal de doble sentido, en el trayecto observó un turismo particular detenido en el arcén derecho con las luces de emergencia encendidas, y detrás de él otro vehículo igualmente estacionado, que posteriormente se comprobó que pertenecía a la Guardia Civil, no a la Agrupación de Tráfico.

Debido a la escasa visibilidad nocturna y a la posición de los vehículos, no identifique que el segundo vehículo era policial, pues no mostraba en ese momento señalización visible desde su ángulo de aproximación.

Una persona situada junto al turismo averiado efectuaba señales con un luminoso de color blanco, no reglamentario ni identificativo de autoridad. Ante dicha señal, y dado que la vía se hallaba libre y sin tráfico en sentido contrario, entendí de forma razonable que se trataba de una indicación de paso o precaución, propia de un operario de asistencia.

Reduje la velocidad (aprox. 40–50 km/h) y pase con precaución, sin maniobras bruscas ni riesgo para terceros.

En ningún momento observe señales rojas, amarillas o gestos inequívocos de detención, ni identifique la condición de agente de quien efectuaba las señas.

Posteriormente, los agentes acudieron a mi domicilio para identificar al conductor, indicando que habían anotado la matrícula del vehículo de noche a simple vista, lo que evidencia que el vehículo no circulaba a gran velocidad.

Me dieron 2 boletines de denuncia

El primero, en la que apenas se ve pone esto:

“El conductor circula de forma temeraria encontrándose los agentes regulando el tráfico debido a un accidente previo, circulando a velocidad excesiva, pasando a menos de un metro de los agentes y otras personas que se encontraban en la vía, poniendo en peligro su integridad. El vehículo es interceptado posteriormente en su domicilio y reconoce ser el conductor en el momento de los hechos”,

Y más cosas que está completamente ilegible, por esto 6 puntos 500 €.

Y el segundo:

“No respetar las señales y órdenes de los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia y regulación del tráfico. El primer agente le ordena aminorar la marcha y el segundo que pare, haciendo caso omiso”. Por esto 4 puntos y 200 €.

Yo entiendo que se refieren al mismo episodio, en idéntico lugar y fecha, lo que supone duplicidad sancionadora.

No fui consciente en ningún momento que me estaban dando el alto, y por supuesto no firme los boletines por no estar conforme.

Quiero recurrirlo, ¿pero no se si tendría alguna posibilidad o estaré perdiendo el tiempo?

2 Respuestas

Respuesta

I. Hola Marta, lamento lo ocurrido, por mi parte no soy experto pero tengo entendido que esta infracción prescribe a los cinco años, dentro de su importancia, es al menos un detalle que puede restar gravedad al global de la situación.

Aunque desconozco si fuese aplicable para su caso, leí que en función de los hechos acontecidos en ocasiones sería posible recurrir la multa por un 'defecto de forma'.

https://miratusmultas.com/blog/inicio/recurrir-una-multa-por-defecto-de-forma-que-significa-y-como-se-aplica/ 

https://www.race.es/defecto-de-forma-multa

Continuando con las posibles opciones, al margen de contratar a un abogado, podría presentar un escrito o documento de alegaciones,

https://www.juzgando.com/escrito-de-alegaciones-por-conduccion-temeraria/  

https://www.todalaley.com/mostrarFormulario169.htm 

Junto a comunicarse con organismos de ayuda/asesoría al conductor como AEA, Dvuelta y el Club Europeo de Automovilistas, comprendo que todo lo que le comento es muy obvio pero por desgracia es todo lo que sé.

https://aeaclub.org/ 

https://www.dvuelta.es/ 

https://www.multascea.es/tags/como-recurrir-una-multa-por-conduccion-negligente 

Quisiera ofrecerme para trasladar su consulta a un experto en caso de que no reciba la respuesta de un profesional dentro de pocas horas y también facilitarle lo que vi por si pudiese serle de alguna utilidad.

Disculpe por todas las molestias de lectura. Mucho ánimo.


https://www.andrewflusche.com/es/blog/four-options-for-handling-your-reckless-driving-ticket/ 

https://www.todoradares.com/foro/topic/23655-recurso-denuncia-conducci%C3%B3n-temeraria-seg%C3%BAn-ellos/ 

https://www.abogadopenal.madrid/que-hacer-si-te-acusan-de-conduccion-temeraria/ 

Conducir de forma manifiestamente temeraria.

https://abogadojuiciorapido.es/te-acusan-de-conduccion-temeraria-claves-legales-para-no-acabar-con-antecedentes/ 

https://www.autofacil.es/rotondas-multa-conduccion-temeraria-recurrir/ 

https://miratusmultas.com/blog/inicio/anulacion-de-multa-por-conduccion-temeraria/ 

https://www.areavag.com/foro/showthread.php?40599-Recurso-de-multa-Conduccion-temeraria-(segun-dicen)/page2 

https://www.bmwfaq.org/threads/multa-conduccion-temeraria.262945/ 

https://gruporeclama.com/blog/conduccion-temeraria/ 

https://fundacionavata.org/blog/conduccion-temeraria/ 

https://www.openbank.es/open-to-learn/como-recurrir-una-multa-de-trafico 

https://www.rdiserviciosjuridicos.com/multa-por-conduccion-temeraria-consecuencias-y-como-reclamar-indemnizacion/ 

https://www.lidiare.com/delito-por-conduccion-temeraria-en-que-consiste-penas-agravacion-y-doble-delito/ 

https://www.bfpabogados.es/penal-la-audiencia-provincial-da-la-razon-a-nuestros-abogados-en-un-recurso-por-conduccion-temeraria-requisitos-jurisprudenciales-para-el-delito-de-conduccion-temeraria/

https://foropolicia.es/foro/debates/conduccion-temeraria/ 

https://miratusmultas.com/blog/inicio/lo-que-debes-saber-para-recurrir-eficazmente-una-multa-de-trafico/ 

https://www.indemnizaplus.com/las-17-respuestas-mas-comunes-sobres-recursos-a-multas-de-trafico.php

¿He tenido un accidente y l voy a denunciar por conducción temerari cual es el siguiente paso?

https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&opi=89978449&url=https://economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2014/06/911385_266.doc 

Respuesta

Yo creo que puede ser creíble tu versión teniendo en cuenta que tú estabas totalmente identificado con la matrícula del coche, y ¿qué motivo tendrías para no parar si pensases que un agente de la autoridad te hacía detenerte? (Al acudir a tu domicilio tampoco te hicieron ninguna prueba de alcohol o algo así). Aunque parar en una vía de doble sentido no es tan peligroso como en una autovía, al haber poca visibilidad, etc., y ver que el supuesto coche accidentado estaba siendo atendido, y no pensar que pudieras aportar nada en el asunto, no es descabellado el decidir proseguir la marcha, si no te percatabas de que te detenían.

En ese momento se tienen que tomar decisiones muy rápidas como el detenerse o no, el reducir la marcha y cuánto, la posibilidad de invadir el carril contrario, etc., porque no siempre el parar es la mejor opción, ni siquiera para los accidentados.

Un accidente ya es una situación excepcional.

Te escribo lo que me parece. Si te van a dar la razón o no, no lo sé, pero creo que sí puedes alegar cosas.

Ya se sabe que no todo el mundo reaccionará con la misma destreza; y si te tienen que poner la multa por exceso de velocidad, me imagino que eso será más objetivo.

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