Aceptación herencia privada o ante notario

En el 2016 falleció mi tía y todo lo referente a la herencia, impuestos etc lo llevo un abogado

El otro día fuimos a informarnos a un notario por si se podía registrar una propiedad que era de mi tía y ahora es de mi madre en otra comunidad, ya que no está registrada, está inscrita en el catastro

Nos dijeron que teníamos que realizar otra vez la aceptación de herencia ante notario.. Yo no le veo la lógica ya que es hacer lo mismo que en el 2016

Mis hermanos y yo no lo llegamos a entender

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Si había inmuebles esa aceptación de 2016 no es correcta.

O sea que se tenia que haber hecho ante notario? 

En la aceptación que se hizo ya se hablaba de esa propiedad

Gracias por la pronta respuesta

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