Préstamo familiar entre un no residente y un residente

Soy francés residente en España, necesito dinero para completar la compra de m vivienda en España y un tío mio también francés pero residente en Francia puede dármelo. ¿Podemos formalizar un contrato de préstamo entre familiares con arreglo a la legislación actual y presentar el modelo 600?

Respuesta
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Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

Los créditos entre familiares en España están exentos de impuestos, aunque usted ha de presentar liquidación del impuesto, que es quien recibe el dinero. Entendemos que es un crédito sin intereses.

El principal problema es que su tío necesitará un NIF español para poder liquidar el impuesto.

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El que recibe el préstamo, creo que es el que debe liquidar el impuesto, y en este caso lo recibe un residente con su correspondiente NIF.

Como el préstamo se formalizará en Madrid, ¿se puede acoger a las legislación española sobre este tipo de prestamos entre familiares?

Efectivamente, el que tributa (sujeto pasivo) es el que recibe el préstamo, pero hay que indicar los datos de quien hace el préstamo también. Y por lo tanto, debería tener un NIF español, pues tiene trascendencia tributaria.

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Dependerá de donde formalicen el contrato, en derecho internacional los contratos se rigen normalmente por la ley del lugar donde se conciertan.

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