Recurso de alzada para evitar embargo de la nómina por la Seguridad Social

Me han embargado la nómina para el 1/12/2022.

Presenté un Recurso de Alzada ante la SS el 16/11/2022.

El 28/11/2022 la SS me ha notificado que tienen 3 meses para manifestarse.

¿Con esta notificación puede la gestoría no retenerme el embargo o dejarlo en stand by hasta que la SS se manifiesta a favor o silencio administrativo?

2 Respuestas

Respuesta
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La pregunta es si la empresa con este escrito me puede no retener el importe y pagar a la SS este día 30. Porque me destroza las Navidades y diciembre este embargo.

Respuesta

¿Solicitó usted, en el escrito de recurso, la suspensión de la ejecutividad de ese acto administrativo de embargo?

Sí , así  mismo hice. Gracias 

En tal caso si no se la han denegado, se entiende concedida la suspensión

¡Gracias! La pregunta es si la empresa con este escrito me puede no retener el importe y pagar a la SS este día 30. Porque me destroza las Navidades y diciembre este embargo.

Eso dependerá de si la empresa le quiere ayudar, usted puede presentar ese documento solicitando la suspensión y manifestando que no le han contestado, con lo cual la empresa puede hacer una consulta por escrito, antes de proceder al embargo

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