Prestación por desempleo, necesito orientación

Durante x años he estado prestando mi servicio una empresa que entró en ERTE a causa de la pandemia, dándose éste por extinguido en noviembre de 2021, tras recibir una escueta carta en la que me comunican que de ahí en adelante voy a teletrabajar (cosa que es imposible, ya que mi trabajo sólo se puede desempeñar físicamente). Para mi sorpresa, me presento en mi centro de trabajo y ya no existe, lo han quitado sin ningún tipo de comunicación, por lo que me decido a emprender acciones legales contra ella por despido tácito improcedente. Tengo la vista el pasado 27 de junio, previa a ésta, una papeleta de conciliación entre la empresa y mi persona, a la que ninguna de ellas se persona ningún representante de la empresa, por lo que accedo a la vista acompañado de mi abogado y se expone mi denuncia. A día de hoy no tengo resolución y sigo dado de alta en la empresa. Mientras me llega la resolución me dijo el abogado que podía empezar a trabajar, y así lo hice, pero, ante la situación psicológica generada por lo antes expuesto he tenido que rechazar el contrato de forma unilateral con la nueva empresa (cese voluntario).

Por lo antes expuesto, me surgen varias dudas:

-¿Cuánto tiempo puede tardar la resolución?

-Si el juez dictamina que tengo derecho a prestación por desempleo retroactiva, lo cobraría hasta el día anterior a darme de alta en el nuevo empleo

-Tras el cese voluntario, para poder reanudar dicha prestación debería estar antes contratado en otra empresa y finalizar dicho contrato. ¿De cuánto tiempo debería de ser dicho contrato?

3 Respuestas

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Hasta ahí lo tengo claro, gracias, pero lo que me preocupa más es lo anteriormente expuesto.

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Sólo se que si te vas de la empresa no hay paro.

Te tienen que echar...

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Según creo, si te vas voluntariamente de un trabajo, pierdes todos los derechos hasta ese momento adquiridos para cobrar el paro; y el nuevo contrato tendría que durar al menos lo mínimo imprescindible para de nuevo cobrarlo. No sé si hubieras podido sencillamente darte de baja, en vez de anular el contrato; no sé si algo se pudiera tener en cuenta de esto.

Dices que sigues de alta en tu empresa anterior; no sé si esto es o no compatible con el nuevo contrato que dejasta. Si no lo fuera, a lo mejor quedaba salvaguardado tu derecho a cobrar el paro, si ahora se rescindiese esa relación laboral (la primera); no lo sé.

No sé en qué situación laboral estás ahora con tu empresa; tampoco entiendo mucho. Dices que te dijeron que ibas a teletrabajar; no sé si te has negado, porque ponerte delante de un ordenador, aunque solo sea para dar órdenes a alguien que trabaja físicamente, también es un trabajo.

Si en algo depende del juez la duración del paro, manifiéstale que no te encontrabas bien, y que quizá, por ello, no tomaste la decisión que te convenía. Quizá si te despidiesen ahora, podrías cobrarlo, si tú no hubieses podido hacer un contrato con otra empresa (aunque claro que sería raro que no pudieras trabajar, si no te pagaban, pero es que de estas situaciones quizá todo o mucho ya es raro, porque ahora por ejemplo dices que estás dado de alta, pero no cobras; quizá la empresa tendría que abonarte algo por no haber resuelto adecuadamente tu situación laboral, y haberte dejado más indefenso; se me ocurre; eso al menos si tú no te has negado a seguir sus indicaciones de teletrabajo, que no entendí si eso era inmediato, o para más adelante).

A lo mejor te interesa ponerte a trabajar, y cobrar una indemnización, en vez de paro, por parte de tu empresa; se me ocurre. En cualquier caso, no te tomes esta situación personalmente; piensa que las circunstancias han sido sumamente difíciles también para las empresas ( sobre todo para empresas pequeñas y medianas); solicita lo que te corresponde, pero sin obsesionarte con nada; y también pensando en el bien de todos; a lo mejor puedes incorporarte al trabajo con ellos.

A lo mejor no me he expresado bien: 

Desde que finalizó el Erte en noviembre de 2021, no percibo ningún sueldo siguiendo dado de alta en dicha empresa hasta días de hoy, y lo que queda hasta que salga la resolución judicial. La empresa me comunicó, mediante carta certificada, que comenzaríamos a teletrabajar y que ya recibiríamos instrucciones de cómo se iva a llevar a cabo ese teletrabajo (cosa que a día de hoy sigo esperando). Llega el día de la finalización del Erte, me presento en mi centro laboral y este no existe físicamente (en ningún otro sitio). Y a partir de ahí comienzo a hablar con mi abogado (sindical) y se le pone una denuncia, en diciembre, a la empresa por despido tácito. Hasta el día de la vista, a la que no se persona ningún representante legal de la empresa, el 26 de junio de 2022, no puedo buscar trabajo, ya que, si lo hubiese hecho, hubiese perdido todos los derechos que he generado durante x años, dos cifras, cosa que no me puedo permitir (económicamemte), ya sea abonada por la empresa, que no va a ser, o por el FOGASA. Eso en cuanto a los derechos por despido. 

En cuanto a la prestación por desempleo, es un derecho constitucional que debería de percibir (todavía no he percibido nada) desde que el juez dictamine que finalizó mi relación laboral con la empresa y tengo totalmente claro que éste finalizaría el día anterior a la firma del contrato de trabajo con la nueva empresa. 

Las dudas las tengo en el tiempo que puede tardar una resolución judicial y en que duración tendría que tener un nuevo contrato para reanudar la prestación por desempleo tras haber  cesado voluntariamente el contrato, cosa que hice por no pedir incapacidad temporal por depresión.

Lo de la prestación por desempleo es algo que tienes fácil de averiguar (mirando un poco, creo que puedes cobrar algo, como dos meses, con 6 meses de trabajo, o 3 meses con cargas familiares; no sé cuánto necesitas trabajar para cobrar lo máximo de dos años, que creo que ya recibe otro nombre). Si tan claro tienes que has perdido el derecho al desempleo después del último trabajo, y no tienes inconveniente para trabajar, ya puedes comenzar a trabajar (que parece que lo ves fácil).

Lo de la resolución judicial no sé cuánto tiempo tardará, pero se me ocurre que puedes ir preguntando, o personándote para preguntar, de vez en cuando, ya que no creo que pueda perjudicarte, ya que la resolución pienso que siempre te será favorable. Todo el mundo entiende que te es algo importante.

En cualquier caso, te diría que no te obsesiones con nada, ¿y cómo lo logras? Mirándolo todo con perspectiva, no quedándote en el aspecto material o terreno, por importante que pueda ser ordinariamente en el orden temporal y material, sino que yo te diría que pienses que todo tiene que dirigirse al bien de verdad, con la gracia de Dios; y quién te dice que esto no ha sido lo mejor para ti en este sentido. Siempre puedes hacer mucho bien, lo cual te recomiendo; y esto te puede ser una muy buena guía para buscar trabajo.

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