Según mi convenio ¿Tengo derecho a un ascenso por mi antigüedad?

Llevo trabajando en una empresa perteneciente al convenio colectivo de "Enseñanza y formación no reglada" desde hace 6 años. En el art. 21 de dicho convenio dice lo siguiente: "Los aux. Administrativos ascenderán al puesto de oficial, siempre que exista vacante y reúnan las condiciones que, a juicio de la Dirección y oídos los representantes de los trabajadores, precise el puesto. Los aux. Administrativos con cuatro años de antigüedad y rendimiento satisfactorio, de no existir vacante de oficial, tendrán derecho a la retribución salarial de este".

Mi pregunta es si según esto tengo derecho a reclamar dicha retribución salarial y/o aumento de categoría.

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Según dicho convenio si tienes derecho.

De todos modos dice el refrán "El que no llora, no come". No pierdes nada si haces un escrito reclamando dicho ascenso, haciendo referencia literal al artículo de dicho convenio, dirigido a Recursos Humanos de la empresa y ya saldrán por algún sitio.

Tendrán que motivarte, en caso de denegación, las causas del mismo. Lo mas probable, es que aunque seas eficiente de sobra, para ahorrarse los costes salariales del ascenso proclamen que "no reúnes las condiciones suficientes para el mismo".

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