Subida convenio 2009

En estos tiempos de crisis mundial quiero hacerte una pregunta.
El convenio por el que se rige mi empresa dice que para este año 2009 hay que subir los sueldos el IPC+0.7. En los anexos del convenio dice las tablas salariales según categorías como se quedan con este incremento.
En mi empresa quiere el jefe no subirnos el IPC+0.7 que dice el convenio porque dice que nuestros sueldos están por encima de siempre que las tablas salariales que indica dicho convenio de referencia. Quería sabir si esto es legal o nos tiene que subir el IPC+0.7 ya que sino veo que por más que nuestro convenio diga en los años próximos de subirnos pues quizás estemos 5 años sin subirnos nada porque nuestros salarios son superiores a las tablas salariales mínimas por categorías profesionales.

3 respuestas

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Si el convenio aplicable en tu empresa en alguno de sus artículos permite la compensación y absorción de salarios, esto supone que los salarios superiores a los establecidos en el convenio, pueden absorber y compensar los incrementos salariales establecidos en convenio, y efectivamente tu sueldo está por encima de las tablas salariales para tu categoría profesional, es totalmente posible no incrementar los salarios con el incremento aplicado a las tablas salariales.
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Siento comunicarte que tu Jefe tiene razón. Si vuestros salarios están por encima de lo estipulado en tablas salariales podrían no subir lo pactado en Convenio. Se trata de una cosa legal llamada absorción salarial, que consiste en esto que te he dicho.
COmo bien dices al principio, estamos en una situación muy critica, así que hasta que estro se solucione las Empresas utilizarán legalmente las medidas que puedan para hacer una contención salarial y esta es una de ellas
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Esta práctica que comentas suele ser bastante habitual, ocurre en empresas donde se pactan unas condiciones económicas con cada trabajador, por encima de lo establecido en el convenio colectivo de aplicación.
Eso quiere decir que en vuestras nóminas, deberán aparecer además de los conceptos que marca el convenio colectivo (salario base, pluses, etc) una retribución voluntaria, esto puede venir reflejado de muchas maneras y es el salario que supera lo fijado.
Puede ocurrir, como es vuestro caso que este salario absorbe y compensa las subidas de IPC que se establecen para cada año de vigencia del convenio, no variando éste en computo total y en definitiva vuestro sueldo.
Si deberán actualizaros y por tanto incrementar en la proporción que se establece, los conceptos de convenio y en consecuencia los salarios, si la subida de IPC+0,7 supera lo que habéis venido percibiendo.

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