Presidenta se niega a entregar cargo y libros.

La presidenta de la comunidad de mi bloque, donde somos tan solo 4 vecinos, en la ultima reunión y tras años en el cargo, se le pidió que se nombrara a otro vecino para el cargo. Esta se negó y también a entregar los libros y documentación. ¿Ante quién hay que denunciar los hechos?.

2 Respuestas

Respuesta
1

Aclaremos las cosas la presidenta no nombra a otro presidente, éste se nombra en junta, y deberá figurar en el acta de convocatoria como punto a tratar.

A nadie puede denunciar los hechos.

Lo que tienen que hacer es convocar usted una junta.

Firmen una carta si son dos mejor que uno y si son los tres mucho mejor.

En esa carta solicitan a la presidenta una nueva junta para la renovación de los cargos. Le indican que si en el plazo de siete dias no convoca dicha junta, acogiendose a los art. 16.1 y 2 la convocaran ustedes

  1. La Junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación.
  2. La convocatoria de las juntas la hará el Presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. La convocatoria contendrá una relación de los propietarios que no estén al corriente en el pago de las deudas vencidas a la comunidad y advertirá de la privación del derecho de voto si se dan los supuestos previstos en el artículo 15.1 y 2.

Si no la convoca la convocanustedes y como punto del día ponen

Renovacion de cargos

En la junta si no acude la presidenta deberan nombrar para esa junta un presidente que dirija la juntade ese día y un secretario que dara fe de lo tratado y sera quien firme el acta de la junta con el presidente.

Respuesta
1

El cargo de Presidente es anual (salvo que en los Estatutos de la Comunidad se diga otra cosa). En la Junta Anual Ordinaria es en la que se renuevan los cargos. Si, como parece que es en el caso de su Comunidad, la mayoría quiere nombrar a otro Presidente, la Presidenta actual no puede negarse. En la reunión se nombra a otro y ella deja de serlo en ese mismo momento.

Dice usted que además, se ha negado a entregar el libro de Actas. Se entiende, por tanto, que en su Comunidad, el cargo de Presidente acumula además los cargos de Secretario y Administrador, puesto que es el Secretario quien custodia el libro, así como el resto de documentos de la Comunidad.

Dado que, desde el momento en que deja el cargo, ya no es la persona encargada de custodiar dicha documentación, está obligada a entregarla al nuevo Secretario. En caso de no hacerlo, deberán presentar una denuncia, puesto que su actitud puede incluso como apropiación indebida (y hay sentencias que así lo establecen, tanto en el caso de Administradores externos, como en casos como el de ustedes).

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