¿Se puede aprobar una derrama sin más permiso que el que otorgan las 3/5 partes de la comunidad?

En la comunidad de vecinos se aprobó en 2008 la instalación de un ascensor en la finca, todos los propietarios la pagamos religiosamente hasta 2013 que fue suspendida por problemas de liquidez de un par de propietarios debido a la crisis y el dinero recaudado hasta entonces se utilizó por unanimidad para otros fines. Esta derrama se reanudó en febrero del pasado año 2020 partiendo lógicamente de un nuevo presupuesto, mi pregunta es: ¿Se puede reactivar esa derrama con el único consentimiento de la mayoría de las 3/5 partes de propietarios? Y a tenor de esta pregunta le planteo otra más: ¿No debería adoptarse tal acuerdo por la junta de gobierno, es decir, no haría falta la aprobación del presidente de la comunidad?

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¿Y quién reactivo la derrama en 2020?

¿Se reactivo en junta?

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“ ¿Se puede reactivar esa derrama con el único consentimiento de la mayoría de las 3/5 partes de propietarios? Y a tenor de esta pregunta le planteo otra más: ¿No debería adoptarse tal acuerdo por la junta de gobierno, es decir, no haría falta la aprobación del presidente de la comunidad?”

¿Le parece poca mayoría las 3/5 partes?

En todo caso debe aprobarlo la junta de propietarios. El presidente no es más que nadie.

No, me parece justa esa mayoría pues evidentemente lo es, la pregunta era que si era suficiente con esa mayoría y ya me ha contestado, gracias.

De hecho, si se aprobó una derrama y se aprobó anularla, para reactivarla haría falta la misma mayoría que para su aprobación inicial. En el caso del ascensor, para aprobar su instalación basta con mayoría simple.

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