Seguro de salud con permanencia de 3 años

¿Es legal que te hagan un seguro de salud y otro de auto con una permanencia de 3 años? Me dicen que solo lo pueden hacer por un año. No sé si es legal o no. 

Al pedir un préstamo le dijeron a mi marido que venía el seguro incluido por 3 años y ya de paso aprovecharon para meter el de salud sin consultar, ahora lo quiere quitar y le dicen que tiene permanencia de 3 años. En otro seguro nos han dicho que no es legal, que un préstamo no puede ir ligado a un seguro de auto ni se pueden hacer seguros de salud por 3 años. Alguien me puede informar

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El prestamista puede exigir que se contrate un seguro, pero ni siquiera puede exigir la compañía aseguradora, otra cosa es que ya lo hayan concertado y pagado, le va a resultar más difícil cancelar esa operación.

Tengo entendido que es obligatorio el seguro de vida con el crédito personal por si te pasa algo mientras lo estás pagando, pero un seguro de coche y que encima le metan el que el ya tenía de salud como multiseguro y con permanencia de 3 años no me parece muy legal. 

Efectivamente la exigencia de esos seguros entiendo que no tiene apoyatura legal, pero, ¿los ha pagado?

Si, los paga mensualmente

En tal caso cuando termine la anualidad en curso, preavise con dos meses de antelación, su decisión de dar por terminado el contrato.

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Cuando se financia un bien, hay que tener asegurado ese bien. Habría que ver en qué condiciones se lo han vendido si combinado o vinculado. De todas formas, y sabiendo lo listos que son los bancos.. firma 2 seguros.. ¿sin más?

El tema de las temporalidades.. yo si he visto seguros firmados a varios años, creo el tema no es si se asegura por 3 años, si no si le han informado y en qué condiciones.

Si está recién firmado.. puede pedir a la compañía aseguradora... la solicitud en el caso del seguro de salud, y ver si tiene derecho a desistimiento.

Derecho de desistimiento | Consumo Responde Le paso un enlace sobre esto último.

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Hay varias circunstancias a tener en cuenta:

Si el crédito vincula o combina el seguro. Legalmente es distinto, uno está prohibido salvo determinadas circunstancias, y tiene alguna salida, y la otra, la combinación, es legal porque tu podrías haber decidido antes de firmar, ya que no era ninguna imposición.

El siguiente paso es saber si son pólizas que empiezan en el año 1-1-X y terminan en el 31-12-X+3, por lo que no se podrían anular hasta el vencimiento a los tres años. O es una póliza anual de renovación automática, a la que si te puedes oponer, pagando lo que hayas firmado en el contrato, ya sea tipo de interés, etc...

Por lo tanto, puede ser las dos, cosas, que se pueda anular, y que no. Dependiendo de estas circunstancias que digo. Y esto es en general, porque después puede haber más particularidades...

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Legal es, la cosa es si lo firmas o no

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