Pretenden instalar aire acondicionado en el patio comunitario

Vivo en un edificio de 6 plantas, la baja de locales y el resto de viviendas. En la cota 1 (cubierta de los locales) existe el patio no visitable, También hay azotea no visitable pero sí accesible en la cubierta.

Uno de los locales quiere destinarlo a cafetería y pide que se le permita instalar los aparatos necesarios en el patio. A la comunidad no le gusta.

Los locales no forman parte de la comunidad ni pagan cuota alguna.

Pregunto si es obligación de la comunidad consentir la instalación

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Si están desvinculados lo están para todo, para derechos y obligaciones, es decir, de ellos, tal y como dice usted, no es nada de la comunidad.

Como bien dice Poliplos, suena cuanto menos particular que esten desvinculados.

Entiendo que el administrador de su finca cuenta con algún despacho legal al que preguntar acerca de la situación de esos locales con respecto a la comunidad de vecinos.

El local de forma unilateral no puede poner el aire acondicionado en ese patio ni en la azotea en tanto que para ello es necesario la autorización del resto de comuneros, eso siempre y cuando el local sea parte de la comunidad de propietarios, si no es parte... como no sea con aparatos encima de las puertas del local, poca solución más tiene.

Mi consejo es que acuda por un lado a un abogado a que le asesore sobre la situación de esos locales y sus derechos sobre su comunidad de propietarios y por otro se informe bien de la normativa acerca de la instalación de aires acondicionados (que debieran de informarle en el Ayuntamiento)

3 respuestas más de otros expertos

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La escritura de División incluye a los locales, pero desde el principio (50 años) están desvinculados de la comunidad.

Ningún local ha instalado aparatos

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Estando en el mismo edificio, ¿está usted completamente seguro de que los locales no forman parte de la comunidad? Comparten con las viviendas elementos comunes del edificio. Revisen la escritura de división horizontal.

“¿Desvinculados”?

Bueno, no sé a qué se refiere con eso, pero la realidad es que forman parte de la comunidad. Por tanto, el patio también les pertenece, como al resto de vecinos. Si no fueran parte de la comunidad, estaría claro que no tendría sentido alguno que pudieran instalar nada en ese patio.
¿Se ha autorizado la instalación de aparatos similares a alguna de las viviendas?

Responda debajo de mis respuestas. De lo contrario no me entero de que me sigue consultando.
No le he preguntado si algún local había instalado algo en el patio, sino si lo había hecho alguna vivienda.

Tampoco ninguna vivienda

¿Y sabe usted si es técnicamente viable instalar los aparatos en la azotea?

Imagino que, si no quieren que se haga en el patio es por las molestias que pueden ocasionar (ruidos, fundamentalmente).
Si es viable, la comunidad puede autorizar la instalación ahí, que supongo que no molestará.

Tiene razón, es por los ruidos y el precedente que se crea. La comunidad no quiere autorizarlo, salvo que sea obligatorio por la autoridad competente. Gracias

El problema es que el local, si no se le ofrece una solución, lo normal es que lleve el asunto por la vía legal. Como es lógico, una cafetería necesita tener climatización. Si no la puede tener en el patio, hay que ofrecerle alguna otra opción. ¿La azotea? ¿La fachada?

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Enrique Carvajo cuando define desvinculados, entiendo que se refiere que al local no le convocan a ninguna junta y que no contribuye con ninguna cuota, ni administrador, ni seguro si existe, ni a obras de zonas comunes que no este exento de contribuir.

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