Cuando preescribe un informe de agresión de una hija a su madre , y evitar que la desherede de la legítima ?

Me gustaría saber sobre un tema:

Si en una discusión familiar, una hija le da un golpe a la madre y es llevada a urgencias, y tb pasó tiempo ingresada en observación,

En el informe médico pone que ha sido la hija la que le dió el golpe y x eso se cayó al suelo etc.

Cuando esa mujer ahora mayor fallezca, ¿la hija de puede quedar sin nada de herencia ni siquiera la legítima?

Ya que x ley desde el año 2015 aquí en España existe la posibilidad de desheredar completamente a unos hijos si existe casos de malos tratos p agresión, o tb x otros motivos.

Tiene que especificarlo esa mujer en el testamento o aunque no lo ponga,

Los demás herederos sabiendo lo de esta ley y el informe de agresión

Dicen que están deseando que fallezca y así quedarse ellos con más partes de la herencia de la mujer anciana.

Esta mujer está casada en bienes gananciales

Lo específico pq : en el caso de que se aplique lo de esa ley de desheredación, sería solo los bienes de la madre o todo lo que tienen, ya que está puesto al nombre de los dos, del padre y de la madre casados en gananciales.

Por favor me gustaría que me respondieran personas expertas en estos temas legales

Y españoles.

Lo digo pq ya he preguntado en otras ocasiones otros temas y me responden personas inexpertas con información errónea, y gente extranjera que poco o nada saben de las leyes ni constumbres de aquí de Madrid y el resto de España

1 Respuesta

Respuesta
1

Creo que ya le he contestado a esta misma consulta, no sé si me considera entre esas personas inexpertas con información errónea. Ahora cambia usted un poco la información. No existe una ley específica de desheredación, existe unas causas de desheredación previstas en el código Civil. Solamente puede haber desheredación si la persona con derecho a legítima ha incurrido en alguna de esas causas y quien ha sido perjudicado por ello decide desheredarla, para lo cual debe hacerlo constar así en su testamento. Los demás herederos “ni pinchan, ni cortan” en este asunto. Evidentemente la desheredación solo se referirá a los bienes de la persona que el presunto desheredado maltrató. Un informe de maltrato ni prescribe, ni deja de prescribir a estos efectos, la persona maltratada es quien decide si ese hecho es causa suficiente o no para desheredar, como deberá acudir a un notario para ello, será ese profesional quien la asesore sobre este espinoso tema.

Como ampliación le dejo las causas de desheredacion conforme al Código Civil:

  • Haber sido condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su cónyuge, descendientes o ascendientes.
  • Haber acusado al testador de delito cuando la acusación sea declarada calumniosa.
  • Haber obligado al testador, con amenaza, fraude o violencia, a hacer testamento o a cambiarlo.
  • Haberle impedido, con amenaza, fraude o violencia hacer testamento o revocar el que tuviera hecho, o suplantar, ocultar o alterar otro testamento posterior.
La pregunta no admite más respuestas

Más respuestas relacionadas