¿Se considera muerte por accidente una negligencia médica?

Si una persona se demuestra que ha fallecido debido a una negligencia médica y existe un seguro en el que los beneficiarios cobrarían el importe solo en caso de accidente pero no por causas naturales ¿tienen los beneficiarios derecho a cobrarlo? ¿Se considera accidente?

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Habría que estudiar a fondo esa póliza y saber en qué ha consistido esa negligencia médica, aun sin esos datos no me parece fácil que pueda considerarse muerte accidental la debida a una negligencia.

Gracias, la póliza es la de una tarjeta de crédito que tiene asociado el seguro de vida por fallecimiento por accidente. Intentaré conseguir la póliza. 

También puede solicitar la indemnización y, si se la deniegan, deberán indicarle la cláusula de esa póliza en la que se basan.

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No, no sería un accidente, sería una negligencia médica. Otra cosa, muy cogida con pinzas, sería si por ejemplo el médico reconociera que cometió un "error accidental".

Si es negligencia médica, se tendrá que demandar o denunciar al médico, o al sistema, o a quién sea, pero no intentar cobrar de una póliza de accidentes. Lo siento pero esa es mi opinión.

No, esa no es la pregunta. La intención no es cobrar de un seguro de accidentes por causa de la negligencia si se refiere a eso. Por un lado estaría la indemnización por parte del seguro del servicio sanitario correspondiente a la comunidad autónoma donde tuvo lugar la negligencia. Y por otro lado, la pregunta formulada es que una vez demostrado que ha sido una negligencia, bien por reconocimiento de la negligencia por parte del centro y acuerdo económico entre ambas partes o bien por resolución judicial, si procede solicitar abono de otras pólizas de seguro, donde la condición del fallecimiento sea por accidente, no por causa natural, entendiendo que por culpa de la negligencia no ha sido una causa natural.

En ese caso la respuesta estará seguramente en la misma póliza, pero yo apostaría a que la mayoría de pólizas eso no lo consideran accidente.

Si por ejemplo fuera una riña, o una pelea en defensa propia o defensa de familiares, sí que hay alguna póliza que sí lo considera accidente, o algunas que el infarto... (por ejemplo un susto en un accidente puede dar un infarto, pero no queda claro si el accidente a sido a consecuencia del infarto...).

Si fuera negligencia, sinceramente, no sé si en su caso alguien lo llegaría a considerar homicidio imprudente (hay casos).

Más que preguntar por aquí, si realmente ha sufrido esa pérdida, tiene que ponerse en manos de abogados, y que el mismo abogado revise las pólizas. Recuerde que en el Ministerio de Justicia podrían constar más pólizas que, posiblemente, tuviera la persona: https://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/certificado-contratos-seguros

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Esa persona tendría que haber contratado un seguro que cubriera el fallecimiento por cualquier causa, y no solamente la muerte por accidente.

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No, no entra dentro de la definición de accidente que aparecerá en las condiciones.

Además, los seguros de accidentes que regalan las tarjetas de crédito, suelen estar supeditadas a que el hecho que produce el accidente se haya pagado con la tarjeta. Está pensado para vuelos, por ejemplo.

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No. Una negligencia médica no es un accidente.

Otra cosa es que quieran demandar al médico, hospital...

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