Comunidad de propietarios sin Administrador

Me pongo en contacto con vosotros para haceros una consulta. Hemos tenido problemas con el administrador de la comunidad y nos gustaría saber que tenemos que hacer si decidimos no volver a contratar un administrador y llevarlo los mismos vecinos, ¿tenemos qué seguir rellenando las actas, qué documentación tenemos que llevar para hacer el cambio de firma al banco?...

3 respuestas

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"Tenemos qué seguir rellenando las actas"

En efecto.

"Qué documentación tenemos que llevar para hacer el cambio de firma al banco"

Muchas entidades requieren que se les muestre el Acta de la reunión en la que se aprueba el nombramiento de la persona que va a tener firma como Presidente o Administrador.

Les recomiendo encarecidamente la lectura de la LPH:

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1960-10906

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Aunque es posible la gestión sin Administrador, les va a costar llevarlo a cabo, entre otras cosas porque la Administración exige ya relacionarse con ella por medios telemáticos, le pongo un ejemplo, en el mes de febrero hay que presentar una declaración (modelo 347) en el que se tiene que reflejar aquellas empresas con las que ha habido un pago superior a los 3.000 € (con iva incluido), este modelo tiene que presentarlo telemáticamente.

Como le hemos dicho, es posible, pero les costará llevarlo todo al día.

https://www.laborconsulting.es/presupuesto-administrador-fincas/ 

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El que puedan o no prescindir de un administrador profesional dependerá de que en la Comunidad exista un propietario con conocimientos, tiempo y dedicación suficiente a este menester.

Le dejo un enlace que le puede resultar útil LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL COMENTADA

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