Despido en baja por accidente laboral

Expongo el caso y después hago mis preguntas.

Mi madre lleva 30 años trabajando de empleada de hogar, dada de alta. Ella tiene 60 años.

Hace ya 9 meses, tuvo un accidente en el trabajo, dónde resbaló con una alfombra y se rompió el brazo. Una compañera la llevó a Fremap, que es la mutua que tienen contratada en esa casa, en el mismo momento del accidente. Ha estado siguiendo un tratamiento en el propio Fremap, pero ahora le han dicho que finalmente la tendrán que operar (estamos en Diciembre y la operarán en Enero), también le han dicho que seguramente le darán la incapacidad total.

Ayer día 17 de Diciembre, la llamaron de donde trabaja, para decirle que quieren que el día 23 firme la restricción de contrato, ofreciendo una cuantía determinada, como indemnización por fin de contrato, por las vacaciones no disfrutadas y lo correspondiente a la paga de navidad.

Mis preguntas son:

La más importante: ¿Debería firmar la finalización de contrato? Si lo hace, ¿Fremap aún se haría cargo de su tratamiento, tanto de la operación como posterior rehabilitación?

Menos importante: ¿A qué indemnización tiene derecho? ¿Quién le pagaría y qué gestiones debería hacer si la despiden? ¿Hay qué tener algo en cuenta que se nos esté escapando?

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¿Esta en régimen general o en sistema especial para empleados de hogar?

Sistema especial para empleados de hogar

La verdad es que no domino ese régimen.

Si fuera mi madre, le diría que aceptase el despido y se pusiera en contacto con un graduado social que estudie si la indemnización puesta a disposición es correcta.

Siento no poder ayudarle mejor y le deseo una pronta recuperación a su madre.

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