Obligación de guarda menor si el monitor extraescolar no ha llegado

Les explico la situación, soy vocal del AMPA de un colegio público. Este año el AMPA ha organizado una oferta de actividades extraescolares. Los padres han apuntado a los niños a aquellas que les interesaban rellenando las inscripciones de cada empresa que las realiza.

El problema se nos presenta con quién ha de quedarse al cuidado del menor en los siguientes supuestos:

1.- El padre no llega a recoger al niño a la hora de finalizar el servicio de comedor (es una empresa externa pero que se desarrolla cocina y servicio dentro del comedor escolar).

2.- El niño que está en comedor ha sido inscrito a una actividad extraescolar pero el profesor no ha llegado a la hora de finalizar el comedor.

3.- El niño está en la actividad de 16.00 a 17.00 horas y luego ha de continuar en otra de 17.00 a 18.00 pero el monitor no ha llegado.

Según me han informado en los dos primeros casos deberá ser el personal de comedor porque son los que tienen autorización expresa y escrita para estar al cuidado del menor, si no llega el padre o el monitor, podrá quedarse o llamar a la policía local para que se haga cargo del mismo.

Y, en el tercer supuesto, será el profesor de la primera actividad quién tenga que custodiar al menos hasta que llegue una persona autorizada para recogerle.

Sin embargo, el colegio mantiene que si es un monitor de extraescolar quién no ha venido, tendrá que estar disponible un miembro del AMPA para quedarse con el/los niño/s. No hay autorización de los padres a nombre de ningún miembro del AMPA y son los padres quienes han contratado directamente la actividad con la empresa.

¿Podrían aclararnos quién ha de quedarse con los menores en cada uno de los casos?

2 respuestas

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La responsabilidad siempre será de la empresa o empleados de la empresa que preste los servicios... tanto de comedor como de extraescolares.

Pero en muchos colegios si hay una persona de AMPA para coordinar estas cuestiones. Pues en muchos casos, es el propio AMPA quien promueve estas actividades extraescolares.

En este caso, el Ampa es quién ha buscado a las empresas y profesionales para dar una oferta de actividades a socios y no socios.

Y, como Ampa, queremos contribuir a solucionar estos problemas pero sin la obligación o responsabilidad de estar guardando a los menores.

El colegio dice que somos el Ampa quién tenemos que estar localizables para asumir esa responsabilidad y nosotros queremos saber si comedor u colegio están eludiendo una obligación que es suya. 

Por ejemplo, si la solución pasara por contratar a un monitor...¿quién debería contratarlo y asumir ese coste?

Gracias!

Este es un caso complejo, pues realmente son actividades que no oferta el colegio sino el AMPA, aunque el comedor puede ser cosa del colegio. Que lo realicen empresas externas no significa que no sean ustedes los responsables... y por lo tanto, en muchos casos se contrata un coordinador que se encargue de estas cuestiones o se organizan los padres para ello.

O en los contratos que se firman con estas empresas se establecen la obligación de que haya un responsable o coordinador.

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La responsabilidad en todos los casos corresponde a quienes presten los servicios para cada actividad. Ningún docente de planta debe quedar en custodia de los críos a menos que tenga asignada esa función específica por parte del establecimiento educativo.

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