¿Tengo qué devolver la señal del contrato de Arras al comprador?

Resulta que estoy vendiendo mi casa con la inmobiliaria Tecnocasa.

El comprador entregó un dinero que se quedó en deposito en una cuenta de la propia inmobiliaria en concepto de señal y se hizo un contrato de Arras por parte de inmobiliaria con término a día 30 de agosto de 2019.

Un día me llama la inmobiliaria y me dice que al comprador no le dan la financiación en el banco para la hipoteca, entonces deduzco que al no poder comprar la casa perderá la señal a mi favor.

Lo comento con el comercial de la inmobiliaria y me dice que no, que ese dinero no me lo dan.

Bueno decido esperar a que se cumpla el contrato y vuelvo a ir a reclamar que la señal es mía y se hacen los tontos, hasta el día de hoy no me han dado la señal que creo me corresponde.

Bueno pues ahora viene lo bueno, hoy día 19 me dicen que al final al comprador le han dado la financiación y que tengo que venderle la casa.

Me he quedado muerto porque creo que no es así puesto que el plazo del contrato de arras está extinguido a día 30 de agosto.

3 respuestas

Respuesta
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Dependerá del tipo de arras. El 99% de las veces son arras penitenciales: si el comprador incumple pierde la señal, si incumple el vendedor pierde el doble de esa señal.

Te envío el contrato ¡Gracias!

"El problema es que la inmobiliaria las tiene en una cuenta suya en deposito y no me las quiere dar." Esto, es un delito de apropiación indebida, puede usted amenazarles con querellarse en los juzgados. Antes deberá realizar una notificación fehaciente donde les requiera el dinero, alegando que es suyo por contrato. Le recomiendo que vaya a un abogado.

En mi despacho no cobramos hasta que no cobra el cliente, consulte en [email protected] o al 616776606

Respuesta

¿Puede subir una copia del contrato de arras ocultando todos los datos personales?

Como lo hago

Como puedo subir una foto?

Ya le subí las fotos del contrato de arras, espero que me responda gracias

En efecto, tiene usted toda la razón. El contrato finalizó el 30 de Agosto y está usted en su derecho, si así lo quiere, de anular la operación y quedarse con las arras. Por supuesto, también podría prorrogarlo, si aún está interesado en vender. Dado que se prevé que la inmobiliaria va a plantarle cara, quizá lo mejor será que se ponga en manos de un abogado, para que defienda sus intereses.

Respuesta

Son arras penitenciales, en el contrato dice claramente que están sujetas al artículo 1454 del CC por lo que entiendo que las arras son para mi.

El problema es que la inmobiliaria las tiene en una cuenta suya en deposito y no me las quiere dar.

¿Qué tengo que hacer?

¿Denunciarlo en el juzgado?

Gracias

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