Convenio droguería y perfumería estatal duda

Trabajo en un comercio y tenemos el convenio de droguería y perfumería antiguamente teníamos el de navarra y actualmente el estatal.

Mis dudas son:

- Cuando un trabajador supera las 6h diarias le corresponde un descanso de 15min, ¿este descanso es obligatorio?

Es decir, ¿si yo trabajo de 10 a 18,30h y me cojo los 15min de descanso a las 14h y vuelvo a las 14,15h tendría que trabajar hasta las 18,45h para realizar las 6,30h correspondientes a ese día verdad?

Pero si trabajo de 15,30h a 22h, ¿cuándo recupero esos 15min? ¿Tendría qué entrar a las 15,15h?

- Cuando un trabajador trabaja 8h, ¿la jornada puede ser seguida o tiene que ser obligatoriamente partida respetando las 2h?

Es decir, ¿se podría trabajar de 12 a 20h? En este caso también hay los 15min de descanso por ser una jornada mayor de 6h.

- Por último, ¿si alguien trabaja 7h y quiere cogerse un descanso pero no lo puede recuperar se le puede descontar?

Si trabaja de 12 a 19h y quiere parar a comer de 14h a 14,30h pero no puede recuperarlo de 19 a 19,30h, ¿se podría poner que ha trabajado de 12 a 14 y de 14,30 a 19 descontándole esa media hora de la jornada?

- En cuanto a las vacaciones, ¿cómo hay que elegir las vacaciones? ¿Por antigüedad? ¿Por categoría?

1 respuesta

Respuesta

Según convenio:

1) Cuando los turnos son de 6 horas o más se tendrá un descanso mínimo de 15 minutos. Que contaran como trabajo efectivo. Esto quiere decir que no se deben recuperar y por supuesto no es obligatorio.

Tu entras a las 10 y sales a las 18:30hs. No tienes que recuperar los 15 minutos que pares para comer, están considerados tiempo efectivo. Tampoco estás obligada a parar, si no te apetece. Lo que no puedes es usar esos 15 minutos para entrar después o salir antes.

La jornada puede ser intensiva o partida. Según lo necesite la empresa. Eso lo habrán acordado cuando se firmó el contrato. Si son turnos rotativos, intensivos o partidos.

Las vacaciones 15 días los dictamina la empresa y los otros 15 días el trabajador.

Si coinciden más de un trabajador el mismo, tendrá la empresa que ver cómo cubre esos puesto o negociar.

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