Plazo de ejecución reparación por siniestro.

El 22 del mes pasado, se origina y se comunica al propietario del primer piso la necesidad de reparar el plato de ducha como causante del desborde de agua cada vez que se duchan, afectando a mi local. Y ayer día 9 del presente mes me anuncia la empresa de servicios que no podrán hacer la sustitución del plato asta el día 17, ¿no hay un plazo estipulado para la realización de dichos trabajos?, ¿Tengo qué acudir todos los días para retirar el agua que rebosa por el desagüe ya que se duchan todos los días sin tener en cuenta el daño que causa?. Al finalizar los trabajos de cierre de catas pintura, les puedo exigir que desinfecten el local por las salpicaduras de agua...….. ¿depositada en el suelo?.

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En principio el siniestro está en marcha. Otra cosa es que el sentido común no impere. Puesto que le podrían avisar cuando se duchan o intentar minimizar el daño.

Yo si daría parte a mi seguro. Puesto que puede reclamar daños estéticos. ( Si fuera necesario)

Mientras que por la garantía de responsabilidad civil, solo le van a reparar dónde se ha producido el daño.

Además como no es culpable, el siniestro es recobrable a la compañía del vecino.

Buenas,resulta que después de cambiar el plato de ducha del piso superior,y cambiar el manguito y codo de conexión,el fontanero detecta en la bajante un agujero por donde se filtraba el agua,(tubo de uralita),que tapa con masilla.Mi pregunta es la siguiente,me tengo que conformar con este parcheo o exigir la sustitución del tramo o caña completa de la bajante?.

Ojo con la uralita. Puede contener amianto. Hablen con un profesional para cambios de este tipo de tuberías y que les asesoren, porque no se pueden cambiar así como así.

Le recomendaría que hable con la comunidad para el cambio completo de la bajante.

Porque además, si sufre daños es porque esa tubería debe tener al menos 40-50 años y lo seguros no cubren los daños por falta de mantenimiento.

¡Gracias!.Pero sigo con el viacrucis,despues de dos mese y medio,de haber pasado cinco fontaneros de ambos seguros y el contratado por la comunidad.y creyendo que estaba resuelto la incidencia.A la vuelta de unos días ausente,me encuentro con el suelo inundado por aguas sucias que los últimos fontaneros atribuyen al inodoro del primer piso,y hoy me llama la empresa de servicios que estuvo anteriormente para enviar otro fontanero.Mi pregunta es,que si la fuga esta localizada en el inodoro del primer piso,¿no lo tendría que reparar el propietario,sin dar parte otra vez a su seguro y agilizar el proceso?.Es un piso en régimen de alquiler.Y una lonja (menos mal) sin actividad.¿Se podrían pedir responsabilidades al propietario por negligencia y pasividad,ya que han pasado personas para alquilar y al ver las catas enormes en el techo hubieran decidido echarse para tras en alquilar?. Un saludo. 

Buenas siguiendo con el hilo del siniestro ocurrido hace mas de cinco meses,y ha falta de dar solución a la reparación de dos altavoces de ambientación de cuatro que hay en el local,me pongo en contacto con la compañía de seguros que debe hacerse cargo,y me indica que en cuatro días se pondrá en contacto un técnico en sonido para solucionarlo,han pasado mas de diez y nadie se pone en contacto.¿que debo hacer en semejante situación?,llamar a mi seguro no me interesa pues incurriría en la aplicación de penalización en el próximo recibo.¿Que me aconsejan?.  Un saludo.

Llegados a este punto, yo hablaría con mi seguro y que vaya por la vía judicial.

El vecino de arriba pasa, pues use su seguro. ¿Qué le suben el precio? Pues valore si le interesa o no continuar con esa compañía. Pero estar esperando... y esperando... cuando paga por tener un servicio, tampoco tiene mucho sentido.

Gracias Parrondo por la información,el viernes se puso en contacto la empresa reparadora de sonido para revisar los altavoces y solucionar la falta de sonoridad.   Un saludo.

Fenomenal!

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Si las filtraciones son abundantes habla con la. Aseguradora contraria y dile que así no puedes mantener el negocio abierto, que si no lo solucionan antes que cerraras hasta que lo solucionen y tendrán que ser ellos los que te indemnicen por la perdida de beneficio... es lo único que se me ocurre para que puedas hacer algo de presión para que lo solucionen antes. Otra opción sería que si solo tienen ese baño el seguro realoje a sus asegurados hasta que pueda reparar la avería. La verdad es que me sorprende bastante lo que me comentas si la caída de agua es sustancial.

Gracias Carballada, por su rápida contestación, pero me queda la duda sobre si tienen que actuar sobre la desinfección una vez concluidos los trabajos de reparación ya que los líquidos vertidos no son aguas limpias.

Debe quedar como antes de la ocurrencia del siniestro. Si la caída de aguas grises (jabonosas) le ha ensuciado el local deberán limpiarlo. Con una fuga de aguas grises no suele ser necesaria una desinfección, pero debería ser el perito de tu seguro (o el de parte contraria si prefieres que tú seguro no intervenga) quien valore si existe esa necesidad.

¡Gracias! .Pero no quiero dar parte a mi seguro,por evitar la penalización del Bonus-malus,ya que soy el afectado,y el seguro contrario tampoco ha enviado su perito para valorar daños,y aportarle el valor del recipiente necesario para la recogida de aguas que fluyen diariamente cada dia que se duchan.

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