¿Debe transmitirme mi padre la propiedad de su local lo antes posible?

Mi padre lleva unos años pensando en transmitirme un inmueble de su propiedad, en concreto un local comercial. Justo ahora él ha cumplido 65 años y está a esperas de que le aprueben la pensión no contributiva (ahora el no tiene ingresos ya que el local comercial está sin alquilar). El caso es que para dicha pensión no puede superar "x" cantidad mensual, cosa que con que se alquilase el local comercial se superaría.

El caso es que no se como tendríamos que hacer para que el tuviera su pensión, una vez habiendose arrendado el local. ¿Sería ahora un buen momento para transmitirme la propiedad del local? ¿En este caso no le rechazarían la pensión? ¿Cuánto tiempo tarda a efectos administrativos que dicho inmueble figurase como propiedad para que no haya problemas con su pensión?

Muchas gracias de antemano, estoy preocupado por ello ya que estoy perdido en esta materia y es muy importante para él la pensión.

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La pensión no contributiva es para personas carentes de recursos, parece que su padre tiene, o puede tener, el alquiler de ese local.

Actualmente lleva 2 años sin recursos (tiempo que lleva sin ser alquilado dicho inmueble). Con la mera posibilidad de poder generarlos mediante el arrendamiento del local podrían denegarsela? 

En este enlace tiene la respuesta: http://www.imserso.es/imserso_01/prestaciones_y_subvenciones/pnc_jubilacion/normativa_requisitos/index.htm 

Muchísimas gracias, lo acabo de leer. En requisitos habla de renta ingresos no superiores a 5mil euros anuales (Aprox). El además tiene 65 años, lleva 2 años sin ingresos y vive sólo. Entiendo por esto que si podrían concedérsela aún siendo titular de un inmueble, ¿no?

Tal como aparece la información en ese enlace parece que sí

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