Donación encubierta, alzamiento de bienes

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Padre e hijo comparten la propiedad de una vivencia al 50%, tras la liquidación de últimas voluntades, por la muerte del otro de los progenitores.

El piso se encuentra alquilado, sin derecho de usufructo por ninguna de las partes

El padre decide venderle su parte a este mismo hijo, tasando la vivienda en un 40% del valor real del inmueble en el mercado (como un 60% más barato)

El resto de hermanos ¿podrían demandar por alzamientos de bienes o por tratarse de una donación encubierta?

¿El hecho de que si se realice un pago, aunque sea muy alejado de su valor real, imposibilita una vía judicial?

¿Y lo puede dificultar el hecho de que la propiedad ya se encuentre al 50%?

1 respuesta

Respuesta

El que un condueño venda al otro su cuota en la copropiedad a un precio inferior al de mercado, dudo que prospere una impugnación de esa venta, invocando donación encubierta.

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