Me aplican el art 41, rescindo el contrato. Estoy de baja

La empresa ha modificado sustantivamente los contratos laborales, he rescindido el contrato amparado por el art 41 del estatuto de los trabajadores, pero me encuentro de baja por incapacidad temporal, ¿en qué me afecta?

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Respuesta

En ese caso usted tendrá derecho a percibir una indemnizan de 20 días por año trabajado.

Al encontrarse en baja medica, debe acudir a la mutua con que tenga su empresa contratada las contingencias comunes (debe preguntárselo a la empresa) y solicitar la prestación por incapacidad temporal que pasará percibir directamente de esta. El tiempo que este en baja medica se reducirá de la prestación por desempleo si tiene derecho a ella.

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