Alquiler con opción a compra terreno rústico no urbanizable

Tengo a la venta un terreno rústico no urbanizable. Me han llamado para ofrecerme un alquiler con opción a compra y desconozco las ventajas e inconvenientes de hacer esto.

Mi deseo es venderlo, esta persona dice que cuando tenga la licencia para negocio de animales lo compraría pero que no quiere comprarlo por si no le dan esa licencia.

¿A qué me comprometo si lo alquilo? Si después dice que no compra, yo habré perdido oportunidades de venta, no tengo claro que hacer.

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El alquiler con opción de compra es un contrato que integra dos subcontratos: El arrendamiento del inmueble y la opción de compra sobre el mismo.
En cuanto al arrendamiento no ofrece mayores dificultades puesto que contendrá las cláusulas habituales y aquellas otras que las partes acuerden entre si, p. ej. La aplicación de las rentas pagadas en todo o en parte al precio de compra, en caso de ejercitarse la opción.

En cuanto a la opción de compra cabe destacar, que no existe regulación legal de la misma por lo que la Jurisprudencia ha determinado sus requisitos:
Ha de existir un convenio expreso entre las partes en el que, con toda claridad y de acuerdo con lo preceptuado por el art. 1261 Código Civil, aparezca el concurso de voluntades entre quienes lo suscriben respecto de esa opción de compra.

Debe hacerse constar el plazo para el ejercicio de la opción, en tal sentido es de destacar la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que señala que desde que el arrendatario manifiesta su voluntad de ejercitar la opción de compra, se transforma en propietario, cesa su obligación de pagar las rentas y debe reintegrársele la fianza, si bien debe entregar el precio pactado, que devenga intereses a favor del vendeedor desde ese momento.
Asimismo debe constar el precio por el que se puede ejercer la opción, es requisito fundamental que sea determinado o determinable. Sin embargo la opción en si puede ser gratuita o también por precio, prima de la opción.

Si le pone un precio a la opción eso puede compensarle de la pérdida de oportunidades mientras permanezca vigente esa opción.

Le recomiendo que no use un modelo de "copia y pega" para esta imprtante decisión.

Muchas gracias por su rápida y bastante aclaratoria respuesta, no soy experta en estos temas y no es fácil para mí hacerme una idea.

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