Renovación residencia inicial con tres meses trabajados (¡Que coinciden con los últimos tres meses de residencia!)

Algún experto me podrá si es tan amable explicar cómo haría para cumplir los requisitos del apartado de "3 meses trabajados" de la norma de Extranjeria, teniendo en cuenta que conseguí trabajo recién al mes 9, ¿u llegaré al mes 12 trabajando en la misma empresa? No podré acreditar que me han despedido. Pretendo seguir con mi trabajo y renovar con él.

Soy residente inicial de un año por circunstancias excepcionales arraigo familiar por ser hijo de española de origen. O sea que es una conversión a segunda tarjeta de dos años ("inicial del régimen general"), si es que entiendo bien.

Cómo demandante de empleo sí tengo modo de acreditarlo porque he estado inscripto meses antes de conseguir trabajo.

¿Algún experto me podría explicar cómo juega la interpretación de los requisitos de la norma en mi caso?

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Estimado/a: 

Para renovar su residencia por arraigo familiar, debe modificarla al régimen de cuenta ajena, para lo cual debe demostrar UNO de los siguientes supuestos:

  • Que continúa con la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización.

    Para acreditarlo podrá presentar cualquiera de estos documentos: copia del contrato, certificado de la empresa, informe de la vida laboral…

  • Que ha realizado actividad laboral durante un mínimo de seis meses por año y haya suscrito un contrato de trabajo con el que figure en alta o asimilado al alta en el momento de solicitar la renovación.

    Para acreditarlo deberá presentar: copia del contrato de trabajo.

  • Que ha realizado actividad laboral durante al menos tres meses por año, tiene contrato en vigor, y acredite que la relación que dio lugar a la autorización no se interrumpió por su causa, y buscó activamente empleo.

    Para acreditarlo deberá presentar: copia del contrato, y documentación acreditativa de que la autorización no se interrumpió por su causa y que buscó activamente empleo.

  • Que le ha sido otorgada una prestación contributiva por desempleo.

    Para acreditarlo deberá presentar documentación acreditativa de la concesión de la prestación contributiva.

  • Que es beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.

    Para acreditarlo deberá presentar documentación acreditativa de la concesión de la prestación económica asistencial.

  • Que ha estado trabajando y en alta en seguridad social un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, si la relación laboral no se interrumpió por su causa y buscó activamente empleo.

    Para acreditarlo deberá presentar informe de la vida laboral.

  • Que su cónyuge o pareja con la que mantenga una relación análoga a la conyugal, cumple con los requisitos económicos para reagruparle.

    Para acreditarlo deberá aportar certificado de matrimonio o del vínculo de pareja y documentación que acredite los ingresos económicos.

Usted podrá renovar demostrando que ha estado buscando empleo activamente y que cuenta con un contrato laboral actualmente.

Puede ampliar su consulta en nuestra web: http://tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/ 

Muchísimas gracias por la respuesta. Sigo su razonamiento perfectamente. Solo que, con total honestidad, no entiendo cómo juega la redacción  "y acredite que la relación que dio lugar a la autorización no se interrumpió por su causa", sobre todo cuando, en mi caso y coincidiendo mi contratación con los últimos tres meses de mi periodo anual de residencia, no solo no va a haber interrupción del vínculo laboral, sino que, además, este mismo contrato vigente será el que utilice para acreditar tener un contrato al momento de la renovación. 

También es cierto que "ningún contrato" dio lugar a mi autorización, siendo que solo tuve que acreditar el vínculo con mi madre española de origen. 

Cómo interpretar la redacción de la norma tal como usted la transcribe, en mi caso concreto? 

Muchas gracias de antemano

Estimado/a:

Tal y como indicamos, debe demostrar que ha estado buscando empleo activamente y que cuenta con un contrato laboral actualmente. Como usted explica, su residencia no fue concedida por un contrato laboral, con lo cual, esto será suficiente para su renovación.

También puede verificar si cabe dentro de otro de los supuestos, como que su cónyuge cumpla con los requisitos de reagruparle, o que usted ejerza una actividad por cuenta propia.

La modificación de su residencia puede hacerse a cuenta ajena, propia, no lucrativa y personal altamente cualificado, con lo cual podría explorar otras opciones.

Puede ampliar su consulta en nuestra web: http://tolentinoabogados.com/es/consulta-web-gratuita/

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