Tengo NIE caducado pero aún dentro de los 90 días posteriores y trabajo fijo discontinuo . Pueden alta en la seguridad social?

Mi residencia inicial fue otorgada por circunstancias excepcionales, soy madre de niña española) y ahora tengo que hacer la renovación a Autorización de residencia y trabajo por cuenta propia o ajena inicial

Cómo he mencionado estoy dentro de los 90 días posteriores a la fecha de mi NIE caducado (el 26 de febrero ha caducado)

Y el año pasado solo he cotizado 188 días-

Cuento con un contrato fijo discontinuo que reanudaré el 16 de abril.

Quería saber si En el hotel pudieran ponerme algún “pero” a la hora de darme de alta en la seguridad social, ¿o decirme que no pueden contratarme porque mi NIE está vencido en fecha?

Una vez dada de alta puedo presentarme en extranjería con toda la documentación y hacer la renovación y espero no tener problemas aquí en ibiza...

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Estimada Barbara:

La empresa no podrá darle el alta si su NIE está caducado. Deberá renovarlo.

  • Para la renovación deberá acreditar uno de los supuestos siguientes:
    • Que continúa con la relación laboral que dio lugar a la concesión de la autorización.

      Para acreditarlo podrá presentar cualquiera de estos documentos: copia del contrato, certificado de la empresa, informe de la vida laboral…

    • Que ha realizado actividad laboral durante un mínimo de seis meses por año y haya suscrito un contrato de trabajo con el que figure en alta o asimilado al alta en el momento de solicitar la renovación.

      Para acreditarlo deberá presentar: copia del contrato de trabajo.

    • Que ha realizado actividad laboral durante al menos tres meses por año, tiene contrato en vigor, y acredite que la relación que dio lugar a la autorización no se interrumpió por su causa, y buscó activamente empleo.

      Para acreditarlo deberá presentar: copia del contrato, y documentación acreditativa de que la autorización no se interrumpió por su causa y que buscó activamente empleo.

    • Que le ha sido otorgada una prestación contributiva por desempleo.

      Para acreditarlo deberá presentar documentación acreditativa de la concesión de la prestación contributiva.

    • Que es beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.

      Para acreditarlo deberá presentar documentación acreditativa de la concesión de la prestación económica asistencial.

    • Que ha estado trabajando y en alta en seguridad social un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, si la relación laboral no se interrumpió por su causa y buscó activamente empleo.

      Para acreditarlo deberá presentar informe de la vida laboral.

    • Que su cónyuge o pareja con la que mantenga una relación análoga a la conyugal, cumple con los requisitos económicos para reagruparle.

      Para acreditarlo deberá aportar certificado de matrimonio o del vínculo de pareja y documentación que acredite los ingresos económicos.

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