¿Tiene más derechos los empleados antiguos que los nuevos realizando el mismo trabajo? 0 Comentarios

Trabajo en una residencia de la tercera edad privada, soy auxiliar de enfermería ( categoría gerocultora), cuando entre hace 1,5 años entre como personal de fin de semana y festivos, pero a los 6 meses se eliminó y pasamos a personal de lunes a domingo, el personal más antiguo anteriormente solo trabaja de lunes a viernes y un sábado cada 15 días de mañana, en diciembre de 2016 dirección nos comunicó el cambio y dijo que íbamos a trabajar todos de lunes a domingo, las más antiguas se quejaron y el resultado es que las favorecieron dándoles festivos, domingos y sábados de mañana, trabajan de lunes a viernes una semana de mañana y otra de tarde, y fines de semana, una semana libran sábado, otra domingo, otra viernes, sábado y domingo, por lo tanto a veces al resto no nos dan ni el domingo correspondiente como marca el convenio, hemos protestado, incluso al sindicato ( en concreto yo que soy afiliada a CC OO) pero seguimos en la misma situación, además este año comentaron que iban a repartir los festivos pero solo ha sido a parte de la plantilla, el resto han dicho que los festivos no nos pertenece por que no lo pone en el convenio, han creado trabajadores de primera y trabajadores de segunda a un teniendo la misma categoría profesional y contrato, yo soy indefinida contrato de 30H semanales de lunes a domingo ( no me pone horas diarias) mi pregunta es, es legal que haciendo el mismo trabajo, ¿unos tenga más privilegios que otros? ¿Es verdad que no me pertenece disfrutar de festivos? Según el sindicato no es ilegal que la empresa puede favorecer a unos más que a otros, eso es lo que entiendo yo, mi trabajo es continuado de 24X7,, ¿tengo qué trabajar todos los fines de semana y festivos de tarde?

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La ley no contempla nada en ese sentido, salvo que consideres que se está vulnerando alguno de tus derechos fundamentales, por ejemplo, que no te den un festivo para que no puedas realizar una actividad relacionada con tu religión.

La antigüedad si beneficia, a la hora de recibir indemnización por despido improcedente, por ejemplo.

SMO.

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