Despido disciplinario estando de baja

Os comento:

Hoy me ha llegado la notificación mediante burofax, de que mi empresa extingue la relación laboral conmigo, porque estando de baja he incumplido el articulo 54.2.d del estatuto de los trabajadores(La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo) y los hechos en los que se fundamentan, es que ejerzo de fotógrafo profesional estando de baja, han estando viendo mis perfiles en redes sociales, viendo fotografías que subo, pero estas fotografías en ningún caso las cobro, ya que me dedico a ello de forma amateur por el momento, voy a actos falleros, conciertos, sesiones de intercambio con modelos que quieren fotos y a cambio de no cobrar, tienen fotos gratis etc, simplemente hago muchas fotos para practicar, y las subo a mis redes sociales, esperando algún día dar el salto a profesional, pero de momento, no tengo ningún ingreso por esta actividad.

Me llamo una chica pidiendo un presupuesto de unas fotos para la venta de su chalet, y yo hable con ella, le dije que se lo haría y me pidió un presupuesto, yo le mandé un email con una tabla de precios, de una persona de confianza que es quien hace ese tipo de faenas, y ahora que me ha llegado la carta alegandolo,,, me doy cuenta que fue alguien de la misma empresa quien me llamo y me hizo esa encerrona.

Si sirve de algo el año pasado en junio, ya me despidieron por pedir una reducción de jornada para el cuidado de mis hijas menores, y al final en el smac, dieron despido nulo y yo pedí mi readmisión con mi reducción de jornada.

¿Cómo veis vosotros el caso?

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La verdad es que demandaría y más si tienes un despido nulo con anterioridad. Habría que ver como es esa carta de despido y en qué se basan para alegar este despido disciplinario.

Si quieres te dejo mi correo electrónico: [email protected] por si quieres enviarme la carta y le echo un vistazo, pero vamos, a priori me parece otro despido nulo a todas luces. Si encima la empresa es reincidente podrías pedir una indemnización como mínimo de 6.000 euros por vulneración de derechos fundamentales.

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