Indemnización en jornada reducida guarda menor

He recibido despido por burofax el martes, estoy de baja desde hace 7 meses, estoy indefinida y tengo reducción de jornada por guarda de un menor desde hace un año. El despido lo admiten como disciplinario improcedente, mis preguntas son las siguientes:
-La indemnización que me tienen que dar es en base a las horas de reducción o por la que tenia antes de la reducción y cuantos días me corresponden por año.
-Tengo cita con el abogado el martes y el lunes se me acaban los días que me indica el burofax para pasar a firmar el despido, por lo que no he pasado a firmarlos hasta resolver mis dudas. Si no paso la cuantía de la indemnización pasa al juzgado, ¿esto tiene alguna consecuencia en el paro o cualquier otra? Si paso, y firmo y pongo no conforme en el despido y la indemnización, ¿seria correcto por si quiero denunciar o tengo derecho a denunciar algo?
-Al estar en reducción de jornada, he leído que puede ser un despido nulo, ¿es cierto esto aunque mi despido lo hayan admitido como improcedente alegando que no entregada los partes a tiempo (cosa falsa)?

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Lo primero y principal es que el despido reconocido como improcedente estando en reducción de jornada por guarda es nulo. Por tanto si demandas tendrán que readmitirte, pagarte los salarios que hayas dejado de cobrar y seguirás de baja. Tienes 20 días para demandar, diga lo que diga el burofax. Además el importe lo tenían que haber ingresado en 48h. Si no lo han hecho será despido nulo con toda seguridad, por estar en reducción. Lo de los partes da lo mismo por varias razones:
1- No hace falta entregarlos en plazo especial.
2- No pueden demostrar nada.
3- Aunque pudieran no es causa válida de despido disciplinario.
4- Ellos mismos han reconocido que es improcedente, por lo que será nulo si demandas.
Lee este artículo sobre la reducción voluntaria de jornada.
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Muchísimas gracias por tu ayuda, me queda unas dudas.
- Como en el burofax no pone cantidades de la indemnización que me queda, esta me la dieron por teléfono, si no acudo a recogerla mañana pasara al juzgado de lo social. Como no estoy conforme con ella y tengo que pensar lo del despido, si acudo y como no quiero firmar nada no me dan copia, puedo exiguirla para tener por escrito la indemnización y el finiquito. O tendría que firmar no conforme y con esto tendrían que darme copia y luego demandar. ¿Qué consideras que es mejor y no tenga ninguna repercusión negativa para mi ante posibles acciones?
-Los partes de baja, donde tengo que entregarlos ahora porque según el burofax el despido es efectivo desde el día 5 de enero.
Un saludo
No estás despedida mientras que tú no firmes carta de despido o te la manden por burofax. Si firmas que sea como no conforme, pero mejor aún no firmes, que se gasten el dinero en el burofax. Una vez lo recibas, demanda.

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