Libro de actas comunidad de vecinos

Quisiera poder ver el libro de actas de la comunidad.

¡Están el administrador o el Presidente obligados a enseñármelo y si fuera así, ¿a quién debo solicitarlo?

2 respuestas

Respuesta
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Si, podrá pedirlo, pero el administrador no esta obligado a dar información ni rendir cuentas a un único propietrio, fuera de las juntas

http://garciacollado.blogspot.com.es/2010/01/el-administrador-no-tiene-la-obligacion.html 

Respuesta

Usted debe tener copia de todas las actas, puesto que la ley obliga a que se entreguen a todos los propietarios.

Aún así, puede solicitar que le permitan consultar el libro de actas, si existe razón para ello. El libro de actas pertenece a la comunidad y, por tanto, a todos los vecinos.

Debe solicitarlo al presidente. El secretario/administrador únicamente lo custodia.

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