Un jugador infantil de segundo año termina temporada el 30 de junio, ¿Puede fichar por otro equipo para la temporada 2018?

Mi hijo termina temporada con su club el 30 de Junio de 2017, ¿es infantil de segundo año y quiere marcharse a otro club después del 30 de junio. Una vez llegada esa fecha el quedaría desvincula del club totalmente y podría fichar por otro club para la temporada 2018 sin necesidad de carta de libertad? Tengo entendido que si no te dan la carta antes de terminar temporada con el club una vez llegada la fecha de finalización de temporada que es el 30 de Junio te puedes ir din ningún problema y sin necesidad de carta puesto que tu vinculación con el club es por la temporada 2016/2017.Me gustaría que me lo aclararan

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Respuesta

Te remito a este articulo de Agosto del 2016.

El derecho de retención de jugadores en el fútbol base español

Un punto conflictivo en el fútbol base español es el derecho de los clubes a mantener en la disciplina interna del club a sus jugadores cuando éstos, por el motivo que sea, deciden marcharse a otro club.

En muchas ocasiones este derecho de retención pasa desapercibido cuando el futbolista se siente bien en el club, pero se puede convertir en un gran problema cuando el jugador no

Juega los minutos deseados con su equipo y éste último no permite al jugador marcharse, al

Ejercer el club ese derecho de retención. Incluso si juega lo bastante también sería un grave

Problema si el jugador destaca por su juego, pero no progresa lo suficiente al no poder estar

En un club más grande que le proporcione mejores condiciones.

Ante todo esto es importante informar, tanto a los jugadores menores de edad como a los

Padres, de la existencia de este derecho por parte de los clubes que puede influir, y de hecho

Influye, en la progresión futbolística de los jugadores, por lo que tanto los padres como los

Jugadores deben ser precavidos al firmar los compromisos o acuerdos con los clubes de

Fútbol.

En este artículo haré un breve análisis de lo establecido en el Reglamento General de la Real

Federación Española de Fútbol para que los jugadores tomen conciencia de lo que les puede

Ocurrir si firman lo primero que el club les pone delante de la mesa para firmar y no leen el

Tipo de compromiso que están firmando.

Según lo dispuesto en el Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol, con

Este derecho de retención, todo jugador queda retenido por su equipo siempre que el club

Tenga un equipo en la categoría superior, esto podría repercutir mucho en la progresión

Futbolística del menor ya que el jugador en el último año de la categoría cadete, podría estar

Retenido por el Club durante los tres años de la categoría de juvenil, y no solo eso, ya que en

El último año de juvenil tendría que quedarse adscrito a la disciplina del Club durante dos

Temporadas más en calidad de aficionado, por tanto un menor en su segundo año de cadete

(16 años) podría estar adscrito en la disciplina del club hasta los 21 años (Categoría Senior).

Retenciones según categoría

Los futbolistas con licencia federativa tipo "A" (Aficionado) quedan adscritos a su Club por

Dos temporadas, salvo que de mutuo acuerdo se disponga en la licencia, que dicho plazo se

Reduce a una temporada o se amplía a tres.

Los futbolistas con licencia federativa tipo "J" (Juvenil) pueden establecer que la duración de

La licencia se reduce a una o dos temporadas. Cuando el jugador cumpla la edad

Reglamentaria, éste permanecerá en la disciplina del Club como aficionado durante dos

Temporadas, salvo baja concedida por el club, que el club solo participe en categorías

Juveniles o que no se le renueve la licencia antes del 20 de agosto de cada temporada.

Los futbolistas con licencia federativa tipo "C" (cadete) extinguirán su acuerdo o compromiso

Con el club a la finalización de cada temporada, excepto la última de su licencia, quedando

Adscritos al club si éste tiene equipo en categoría juvenil, salvo baja concedida por el Club o

Que de mutuo acuerdo se disponga que el futbolista quede libre al finalizar la última

Temporada de su licencia, para ello se requiere de dicho pacto o acuerdo se formalice

Mediante documento firmado por el Club y por los padres o tutor del menor.

Los jugadores con licencia tipo "I" (Infantil),"AL" (Alevín), "B" (Benjamín) y "PB" (prebenjamín),

Quedarán libres de compromiso al finalizar cada temporada, excepto la última de

Su licencia, en que seguirán en el club si tiene equipo en la categoría superior, salvo baja

Concedida por el Club o mediante una solicitud, que ha de ser formalizada entre el 1 y el 31

De Julio, dirigida por los padres o tutor legal del menor al Club en cuestión.

La renovación de las licencias de los jugadores no profesionales, se ha de hacer antes del 20

De agosto de cada temporada.

Existe una excepción a esta obligada prórroga forzosa de compromiso, en la que si un equipo

Le ofrece un contrato como profesional y el club de origen ha ejercido previamente su

Derecho de retención, sí se impondría el contrato de trabajo sobre esta prórroga forzosa de

Compromiso y sus efectos quedarían enervados, pudiendo el jugador marcharse, eso sí, con

Su correspondiente indemnización por formación en favor del club formador del menor.

Ciertamente los clubes justifican este derecho de retención al advertir que existiría una

Situación injusta si el club que ha formado al jugador perdiera los derechos sobre él en favor

De un club más grande, pero desde otra postura sería injusto que un menor esté retenido en

Un equipo y no pueda progresar futbolísticamente en otro club que le garantice mejores

Condiciones y mayor proyección para el futuro.

Por todo ello es aconsejable para los jugadores, que a la hora de firmar los compromisos con

Sus clubes, lo hagan siempre por una temporada para evitar esta posible retención o exigir

Un contrato laboral a partir de los 16 años si desean retenerlo para evitarle problemas

Económicos al menor.

El derecho a ejercer esta retención por parte de los clubes respecto a jugadores no

Profesionales quedaría enervado si el futbolista en cuestión no ha sido alineado, en la

Temporada anterior, en al menos cinco partidos oficiales y en el que en dos de ellos ha tenido

Que intervenir un tiempo completo del partido, a menos que el jugador se encuentre

Lesionado o por motivos de enfermedad o imposibilidad física que le imposibilite jugar.

Para que esta causa de resolución del vínculo entre el club y el jugador tenga efecto, se

Deberá invocar antes del 10 de Julio de la temporada en cuestión a la federación

Correspondiente.

Todo esto es en cuanto al Reglamento General de la Real Federación Española de Fútbol,

Pero habría que estar a lo que disponen los reglamentos de cada federación territorial, ya

Que está es una de las competencias que tienen cedidas a las federaciones de cada

Comunidad Autónoma.

En cuanto a esto, mencionar que en el Reglamento de la Federación de Fútbol de Madrid se

Establece que los futbolistas con licencia "C" (Cadete), extinguirán su compromiso al finalizar

Cada temporada, algo que distingue al Reglamento General, que establece que extinguirán su

Compromiso al finalizar cada temporada, excepto en la última de su licencia, en la que se

Mantendrán en la disciplina del Club si éste tiene equipo de categoría juvenil.

En determinadas federaciones territoriales, la prórroga forzosa de vinculación al club del

Jugador, después de terminar la categoría juvenil, es de un año como Senior (Licencia "A") y

En otras federaciones, al igual que el Reglamento General de la RFEF es de 2 años.

Por lo tanto habría que estar a lo que disponen éstos reglamentos internos de las

Federaciones territoriales en cada caso concreto, ya que el compromiso de los jugadores con

El club que este estipulado en cada reglamento puede variar en determinadas categorías.

Una cuestión inevitablemente relacionada con este apartado es la disposición del artículo 18

Del Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, por la que los menores de

18 años no pueden firmar un contrato como profesional por una duración superior a tres

Años, con lo que el jugador es totalmente libre de contratar con un nuevo club o de quedarse

En el mismo club si fuere el caso.

Con todo lo expuesto anteriormente no quiero decir que mi postura esté totalmente en

Contra de este derecho de retención, ya que los clubes formadores de los jugadores no deben

Dejar marchar a sus jugadores así porque sí, ya que seguramente al club le haya supuesto

Unos gastos en la formación del jugador, pero lo que tampoco es admisible es que los clubes

Hagan firmar estos acuerdos sin informar de las consecuencias que podrían ocasionar al

Jugador, al poder quedar retenido incluso hasta los 21 años dependiendo de las

Circunstancias.

PD:

La mejor solución a tus dudas es llamando a la federación territorial de fútbol a la que pertenezca tu hijo. Ellos te informarán de las dudas y sus reglas territoriales.

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