Valla en mi terreno privado

Tras la adquisición de un terreno y heredar otro he decidido vallar ambos terrenos. En uno de ellos había constancia de que había en el pasado una vereda de 90 centímetros. Es lo que se ha dejado. Por otro lado, en la otra parcela, también se ha vallado a ras del camino. Ahora, un vecino nos ha denunciado, después de haber hecho todo el gasto económico que esto supone. Por un lado, la parte que está vallada dónde pasaba una vereda de 90 centímetros, el perito ha señalado que en el catastro pone que según las leyes actuales no es de 90 centímetros, sino de 2 metros y medio, y que tengo que quitar la valla. En la otra parte, me ha señalado que para poner la valla tengo que dejarla a 3 o 4 metros del camino, o que puedo poner setos pero a 50 centímetros del camino, perdiendo un metro si sumamos seto y camino. ¿Qué puedo hacer? Por un lado, me gustaría no perder mi dinero. Y por otro lado, me gustaría dejar la valla porque mis vecinos pasan por dónde les da la gana.

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Respuesta

Quizás se refiera usted a una servidumbre de paso. Para ello, no solo es necesario que haya apariencia de la existencia de un camino, sino que tiene que existir un documento donde se recoge con todas las letras la existencia de esa vía. Ese documento puede ser una resolución de la Administración o una Sentencia, y también puede ser una escritura donde conste el acuerdo de los predios dominante y sirviente. Fuera de estas posibilidades, no existe servidumbre. Compruebe en el Portal del Catastro si ahí aparece algún camino público, contrate un abogado competente y apréstese a la guerra (si vis pacem para bellum).

Muchas gracias, Según nos han dicho aparece en el catastro, pero no nos han dado ninguna referencia ni nada por el estilo.  ME gustaría hacer otras dos preguntas. Por un lado, cómo puedo entrar yo al catastro? y por otro lado, si quitan la denuncia, seguiré estando en la necesidad de quitar la valla?

Portal de la Dirección General del Catastro

Usted tiene que quitar la valla cuando se lo diga la autoridad judicial o cuando llegue a un acuerdo con el denunciante.

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