Posición y tipo de emergencias para local

Tengo un pequeño local de 20 metros y me gustaría caber dónde colocar las luces de emergencia y que tipo / potencia necesito.

Es de 8 m * 2,7 Tiene una puerta a la calle en un lado de los estrechos y otra en el otro estrecho que da a un patio techado donde esta el cuarto de baño (el cuarto de baño ocupa la mitad del patio). A su vez el local estas dividido por un tabique con un hueco de 85, en que no sé si poner una puerta (lo digo por si afecta el que esté cerrado)

También me gustaría saber a que altura se colocan, el local tiene 3 metros y a que altura se coloca la caja con el icp y los automáticos.

Respuesta
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En principio no sería obligatorio para un local de 20m, pero siempre es recomendable poner emergencias. Si te decantas por instalarlas, la altura mínima es de 2m, han de estar sobre cada una de las puertas de la vía de evacuación. En tu caso yo pondría sobre la puerta de salida, que ya iluminaría la primera zona del local, sobre la puerta de la división, en el interior del lavabo y en el patio. Ya te digo que en principio no tienes obligatoriedad, pero nunca van mal. No se donde tienes instalado el cuadro eléctrico pero ha de quedar también iluminado, por lo que si no lo hace las que pongas habrás de añadir una más.

En cuanto a la potencia, como el local es pequeño, y si la colocas a 2mt. Podrás tirar con las de 100 o 150 lm y en el caso del baño 60 lm. El cuadro eléctrico ha de estar entre 1 y 2 mt. Del suelo (locales comerciales). Si tienes contador telemático (de los nuevos) no es necesario colocar ICP, pero recuerda que sí que has de colocar protección contra transitorias y permanentes. Si no eres profesional, para estas cosas mejor busca uno. Te ahorrarás problemas.

Realmente son 24 m contando el patio que es de uso y disfrute ( lo comento no vaya a ser el límite 20 m...) Se me olvidó preguntarte si las emergencias necesitan una línea independiente.

Por otra parte aprovecho para comentar que los tubos son modernos pero no libres de halógenos ni reforzados. Esto sería un problema si me revisan la instalación cuando solicite subir la potencia.

Muchas gracias, me has sido ya de gran ayuda

En principio las instalaciones en las que es obligatorio el uso de cables y conducciones libres de halógenos son los locales de publica concurrencia. Según la comunidad autonoma la descripción varía, pero tendrías que decirme la actividad a la que se dedicará el local, ya que si es por ejemplo una cafetería, sería siempre LPC, pero si es una oficina no, ya que sólo lo sería a partir de un aforo superior a 50 personas (en tu caso no caben).

Si es publica concurrencia es obligatorio el uso de cables y conducciones libres de halogenos, con lo que habrás de cambiarlo todo, comenzando por la Derivación Individual, que siempre ha de ser libre de halógenos.

El circuito de alumbrado de emergencias siempre ha de ser independiente.

Si el aumento de potencia es inferior al 50% de la potencia que tienes contratada, no te pedirán (en principio) boletín de la instalación.

Como valoración personal, a un local tan pequeño, al que le has de hacer el cuadro de protecciones nuevo, le colocarás emergencias y demás, yo le cambiaría toda la instalación, la adaptaría a normativa y me quedaría tranquilo, aunque suponga un gasto extra (no demasiado por los pocos metros que tienes). Sobre todo te irá bien para, por ejemplo, el trato con la aseguradora, además de que en caso de incidente estarás más protegido. Lo dicho, y si no estas seguro de algo, ponte en manos de un pro, que te quitará dolores de cabeza ;)

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