Como tributar dinero que me dan mis padres de una venta?

Mis padres tienen una casa de verano que tributan por ella como segunda vivienda como es lógico y están en gananciales.

Ahora quieren vender esa vivienda a mi hermano porque él la quiere. La vivienda tiene un valor catastral de 111.000 € y valor de tasación de 140.000 €

El valor de venta que quieren darle mis padres es la mitad del valor catastral es decir quieren vendérsela por 55.000 € a mi hermano.

Esos 55.000 € seran integros para mi porque quiero cancelar de forma parcual mi hipoteca.

Mi padre esta en mi cuenta de hipoteca hace dos años como autorizado. Le he dicho al del banco que concede la hipoteca a mi hermano que la mejor opción quizás sea ingresar ese cheque directamente en mi cuenta ya que mi padre está autorizado y constar su nombre desde hace un par de años.

Si hago esto no sé si es la mejor opción, aparte de la plusvalía que paguen por ese dinero, no sé si por hacer esta operación de ingreso de cheque en mi cuenta tendría otro tipo de impuesto como por ejemplo el de donación pero no lo sé. No sé si quizás debería estar como titular para evitar este impuesto.

Como digo el dinero íntegro sería para hacer una cancelación parcial de mi hipoteca.

¿Cuál es la mejor opción para hacer esto?

Por cierto esto es en Andalucía en un pueblo de Sevilla en concreto

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Respuesta

Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie su caso concreto.

Si declaran la venta por menor valor del valor en tablas de la comunidad autónoma, se encontraran con una comprobación de valores.

Por otro lado, parece que se trata de una venta y una donación, y ambas tributan. Es decir la venta a su hermano de la mitad de la vivienda y la donación a usted de la otra mitad... siendo su hermano y usted finalmente propietarios al 50%.

Si su hermano compra la totalidad de la vivienda, ha de declararse la venta por el total... Y luego la donación que su padre le hace a usted, ambas operaciones tributan. Y así usted podrá cancelar la hipoteca. Tenga en cuanta que su padre esta autorizado en una cuenta, pero no es titular de la hipoteca, por lo tanto si paga directamente la hipoteca su padre, puede ser considerado igualmente una donación...

 Gracias por su respuesta, pero creo que no me ha entendido bien o yo seguramente me explicado un poco mal. 

 El valor mínimo de tributación de la vivienda es 110.000 €, es el valor sacado del  valor catastral. Siempre y cuando la venta sea menor a esta cantidad, la persona que compra es decir, mi hermano, tributaria el impuesto sobre 110.000 €.  Hasta donde yo sé, esto es así. Si el precio de venta es 55.000, el pagará igualmente el impuesto de transmisión de 110.000 €, esto por una parte que es lo que menos me interesa a mí. 

 Mis padres le venden a la mitad del valor de la vivienda porque digamos que la reparte entre los dos. De esos 110.000 € de valor mínimo digamos que a mí me corresponden 55.000  Y el no percibe dinero sino que sería  digamos que la otra mitad de la casa, a ver si se me ha entendido mejor. 

 Esos 55.000 € que él pide la hipoteca quiero yo cogerlos porque me los dan mis padres para cancelar parte de la mía. Efectivamente mi padre no es titular de la hipoteca así que este dinero aparte de la plusvalía habría que tributarlo como donación .  En algunas comunidades autónomas la donación está bonificada hasta el 99% pero en Andalucía no lo sé .

 Así que quiero saber cómo sería posible cobrar estos 55.000 € para cancelar parte de mi hipoteca sin tener que tributar demasiado 

Como ya le hemos indicado, debe ponerse en manos de un experto que le estudie y ayude con su caso concreto.

En las ventas hay varios impuestos:

Vendedor paga plusvalía municipal (esto se lo calcula el ayuntamiento en función de los años y los valores catastrales) e incremento patrimonial en su declaración de renta (si se declara por menos tendrá una inspección). Y el Comprador, paga el impuesto de Trasmisiones conforme a la normativa de la comunidad autónoma.

Para que su hermano sea propietario del 100 % de la vivienda, ha de venderle ese 100%.

Luego, a usted su padre puede donarle el dinero que considere oportuno, pero también tributara usted por Impuesto de Sucesiones conforme a la normativa de su comunidad autónoma, y se debe hacer en escritura publica para intentar acogerse a alguna bonificación si fuera posible.

En cuanto a la hipoteca de su hermano, ese dinero se lo dan a su padre en el momento de la compra y se debe ingresar el talón bancario en cuenta a nombre de su padre que es quien vende o pueden tener problemas con la legislación de prevención de blanqueo de capitales. Por lo tanto, si lo hiciera en la cuenta donde usted paga la hipoteca (y su padre es autorizado de la cuenta pero no titular de la hipoteca), el banco podría bloquear el importe mientras no demuestren ustedes la procedencia (mediante escritura de donación y liquidación del impuesto correspondiente).

También han de tener en cuenta, que en caso de fallecimiento de su padre, esta donación puede ser colacionada en la herencia en determinados casos... y el tema de la venta difícilmente usted podrá colacionarlo o seria mucho mas complejo.

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