¿Comprar o donar?

Somos dos hermanos de Barcelona.
Mis padres nos van "dar" el piso.
Mi hermano abrió una cuenta vivienda hace 3 años. Nuestra intención es que mi hermano se quede con el piso de mis padres y yo recibo de él, si es que se puede hipotecar la mitad del valor estipulado por ambos.
¿Cómo lo hacemos y que repercusiones hay a nivel fiscal?

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A nivel fiscal tu hermano deberá tributar por el impuesto de sucesiones y donaciones. La cantidad a tributar irá en función del valor del patrimonio donado y del grado de parentesco. Puedes ver el detalle de este impuesto en la siguiente página web:
http://www.iabogado.com/esp/guialegal/guialegal.cfm?IDCAPITULO=11050000
En cuanto a la mitad del valor estipulado que deba pagarte tu hermano, lo mejor para ti sería que te lo diera en dinero, así no tienes que declararlo. Pero entiendo que tu hermano no dispone de dicha cantidad, por lo que la cosa está difícil. En principio si tu hermano te hace una donación, tú tributarás también en función del importe que recibas. Puedes calcularlo también con los datos que aparecen en la página web que te mencioné antes. El inconveniente es que habréis pagado dos veces por lo mismo.
Mi opinión es que el piso os lo den a los 2, y entonces tú le vendes tu mitad a tu hermano, que él te pagará con la hipoteca que consiga. De esta forma, cada uno de vosotros pagará la mitad del impuesto de donaciones, y no habrá ningún problema.
Sé que es un poco lio, pero para cualquier aclaración que necesites no dudes en preguntar.
Gracias por la respuesta.
¿Entonces hemos de pagar por dos veces?
Quería aclarar más el tema, a ver si lo he entendido.
Si lo donan a los dos, pagaríamos por partes iguales el impuesto de donación correspondiente al valor del piso, que tengo entendido como 2.5* valor catastral.
Pero tras ello queda a nombre de los dos. Para ponerlo sólo a su nombre, yo le vendo la mitad. Entonces el ha de pagar el impuesto de transmisiones y yo tributar como incremento de patrimonio en la renta o pagar otro impuesto.g
Has entendido todo correctamente. Los dos pagáis el impuesto de donaciones, y entonces tú vendes tu parte a tu hermano. Tú pagarás por la plusvalía obtenida (entre un 15% y un 45% de la plusvalía obtenida si la venta se realiza antes de 1 año, y un 15% si la venta se realiza en más de 1 año).
Tu hermano pagaría por el impuesto de transmisiones.
Si tus padres donan el piso a tu hermano, él pagará íntegramente el impuesto de donaciones, y tú no pagarás absolutamente nada, siempre y cuando tu hermano te pague tu parte en dinero negro. Si te paga en dinero oficial, entonces tú deberás tributar por las cantidades recibidas entre un 15% y un 45% (en función de tu marginal del IRPF). Debes notar que es muy diferente pagar entre un 15% y un 45% de todo lo que te pague tu hermano, que entre un 15% y un 45% de la plusvalía obtenida en la venta de tu mitad de piso, puesto que la base sobre la que se aplicara el impuesto sera la diferencia entre el precio al que vendas a tu hermano (el precio que conste en escritura) y el precio que te conste en la escritura de la donación.

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