Fiscalidad compra venta vivienda

Mis dudas son muchas pero espero exponerlas claramente: en el año 2002 compré un piso en madrid donde estoy viviendo con mi marido, ahora vamos a comprar una casa más grande y lógicamente tenemos este piso en venta, con el dinero que saque por la venta, voy a cancelar la hipoteca y el resto lo voy a usar para comprar el nuevo ( íntegramente ) por lo que la plusvalía estaría exenta ( en dic. Firmo la compra de la nueva, por lo que ambas operaciones se harán el mismo año). Creo que hasta hay voy bien, la duda viene porque mis padres han comprado otra casa( en una cooperativa) y el piso se lo dan a finales de este año, como somos tres hermanos jóvenes, yo con piso y el resto tratando de comprar uno, han decidido vender su casa y con lo que saquen repartirlo en cuatro partes( ellos se quedan con 1/4 parte para pagar lo que les quedaría de su casa nueva y el resto seria para nosotros tres), las dudas son muchas:
- ¿Para ellos la plusvalía es exenta al 100% ( antes de repartir)? La casa se compró en 1981 y esta totalmente pagada.
- Para nosotros: ¿Se considera una donación? Y si es así creo que a partir del 1-01-2006 en madrid estas donaciones estarán exentas siempre y cuando se reinvierta todo en adq. Viv. O cancelación de hipoteca, ¿es correcto?, en mi caso había pensado cancelar con parte el préstamo que tengo por la compra de un coche ( porque me sale más caro que la hipoteca), ¿se puede hacer? Y
- ¿Esta solución es la mejor para mis padres y para nosotros? Es decir ninguno queremos que mis padres tengan que pagar dinero ni que hacienda se quede con un dineral ( ya sabemos lo que cuesta pagar una casa y bueno ya pagamos suficientes impuestos ).
Me he estado informando por internet pero el caso es que no tengo nada claro.

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La Ganancia patrimonial de sus padres estaría exenta (la plusvalía es otra cosa que no está exenta y se paga en su ayuntamiento).
Lo que ustedes reciban está sujeto al impuesto de donaciones y referente a lo que me comenta a partir de 2006, todavía no se ha publicado nada al respecto y desde luego si se legisla así afectará a las donaciones que se hagan a partir de dicha fecha, por lo que habrían de esperar para poder acogerse a dicha nueva Ley.
Resumiendo:
La plusvalía es un impuesto municipal que se paga por la diferencia entre los valores catastrales de las vivienda en el año de compra y en el de venta (pueden ser más o menos 3000 euros).
La ganancia patrimonial de sus padres estaría exenta.
Y para la donación es conveniente que esperen a que se publique esa Ley y dependiendo de lo que disponga a sí actuar. Si quieren cuando se publique esa Ley, me la mandan y le digo como mejor proceder (soy de Sevilla y no me llegará antes que a ustedes esa Ley.)

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