¿Si usas el extintor debes pagarlo o corresponde a la comunidad?

Les escribo para hacerles una consulta.

Mi padre de 72 años, es propietario de una vivienda, en el edificio se encuentra colocado un extintor que en su momento puso la comunidad de vecinos.

Hace unas semanas, en la vivienda de mi padre, salió ardiendo la cocina y gracias al extintor pudimos sofocarlo.

Mi padre informó a la administradora del piso, para que llamara la la empresa de extintores para renovarlo, y la administradora le dice, que tiene que llamarlos él y que al haberlo usado, lo tiene que pagar él.

Yo creo, que si lo puso la comunidad es para toda la comunidad, para que cualquier vecino que lo necesite lo use, ella dice que para un fuego en una vivienda no es, es para un fuego de la luz del portal por ejemplo. Entonces está ahí pero no podemos usarlo, ¡'¡'¡''¡'¡' a mi me parece un chiste y mas si lo a puesto la comunidad de propietarios y lo usa por una emergencia un propietario.

Necesito orientación porque es la primera vez que nos pasa algo así, no conozco lo que dice la ley, por eso acudo a vosotros.

2 Respuestas

Respuesta
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Desde el punto de vista legal ese extintor es una medida de protección para los elementos comunes de la finca, sufragado por la Comunidad, por lo tanto si vd lo ha utilizado en su beneficio particular debe reponer a la Comunidad el gasto que esa utilización privada conlleve.

Respuesta
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Recargar un extintor te puede costar 15 € y el extintor nuevo unos 30 €.

Si piensas en, de la que se ha librado tu padre...

Por ese precio no merece la pena discutir.

Además de que los gastos derivados del incencio, incluido el extintor los paga el seguro.

Gracias, pero no se ha contestado mi pregunta. Para mi merece la pena, más que por el dinero por cumplir las obligaciones y los derechos.

Es muy fácil, usted (ya sabemos que por una desgracia) ha hecho uso de un material del que es coopropietario, pero generando un gasto al resto de copropietarios.

Por lo cual ha de resarcir de ese gasto que ha ocasionado, a la comunidad de vecinos.

Póngase en el lugar que el extintor es de propiedad exclusiva suya y un vecino se lo pide para apagar un incendio en su vivienda. Creo que lo menos que le pediría usted es que se lo devuelva como se lo ha dejado.

Por lo tanto y para ceñirnos a su pregunta en la que solicita conocer sus derechos y obligaciones, he de decirle que usted tiene derecho a la utilización del extintor en cuestión, y así mismo, tiene obligación de devolverlo tal cual lo encontró.

En mi anterior respuesta le sugería la posibilidad de solicitar al seguro de su vivienda que abonara la recarga como un gasto más del siniestro.

También puede consultar con la empresa que lleve el mantenimiento de los extintores de su comunidad, pues en muchos contratos se incluye la recarga de los mismos.

Abundando en la explicación he de decirle que incluso los cuerpos de bomberos cobran por apagar un incencio, y le pasan factura de las horas y del material, incluidas las recargas de los extintores.

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