¿Las actas deben reflejar todo lo que se dice, se puede demandar al anterior presidente?

En mi Comunidad de Propietarios, la cual no se ha reunido en años ni se han presentado cuentas de ninguna clase, por primera vez en estos años se ha reunido, ahora bien, me plantean dos cosas:

-Algunos vecinos exigen que se ponga en las actas todo lo que se ha dicho, cuando lo cierto que en las dos primeras reuniones solo se acordó nombrar presidente y secretario y pedir presupuestos para arreglar desperfectos, el resto no fueron más que reproches, debates, etc. ¿tiene qué ser el acta una transcripción, o se tiene que reflejar los acuerdos y lo más importante para que se entiendan bien los términos de los acuerdos adpotados?

-¿Es posible poner como punto del orden del día, acordar demandar y exigir responsabilidades al anterior "presidente" (designado no se sabe cuándo) por no haber presentado las cuentas, no haber convocado nunca una junta, y como consecuencia, haberse dejado deteriorar y causado más daños en el edificio? En conexión con el punto anterior, ¿se va a basar un juez en los relatos que yo pueda hacer en un acta, cuando hay averías urgentes que reparar?

Entienda que el presidente ahora nombrado soy yo (por un año exacto).

2 respuestas

Respuesta
2

El acta debe reflejar los acuerdos, no todo lo comentado o debatido.

Y sí, sí es posible pedir responsabilidades al anterior presidente, si hay razones para ello y la junta de propietarios lo estima conveniente

¡Gracias! 

Mi pregunta es: como va a emprenderse acciones judiciales, ¿en el momento en que se toma el acuerdo hay que aprobar una derrama para los gastos de abogado? Si no se conocieran exactamente los honorarios en ese momenyo, ¿se aprueba la derrama en una Junta Extraordinaria que se convocará al efecto?

Lo mejor sería tener un presupuesto ya en la reunión en la que se apruebe emprender acciones legales. Si no es posible, no hay problema en convocar una reunión extraordinaria para aprobar la derrama cuando sea posible

¡Gracias! 

Aunque no está en el título de la pregunta, si al revisar las cuentas de muchos años atrás, detectamos que hay pagos no justificados, que faltan facturas, etc, aunque los movimientos bancarios si cuadran, lo lógico será presentar ahora las cuentas (el balance de los ingresos y gastos) por cada año, pero la consecuencia será que no se aprobarían las cuentas por la Junta (y sobre todo si hay propietarios morosos), ¿ es esto así? 

Tratar de cuadrar las cuentas de "muchos años atrás" (¿de cuántos años estamos hablando?) Puede ser complicado. Sin necesidad de que existan irregularidades, es posible que haya facturas que ya no existan, etc.

Las cuentas DEBEN aprobarse de año en año, según exige la Ley.

En cuanto a los morosos, si tienen claro que lo son y pueden demostrarlo, no les debería preocupar para los acuerdos, puesto que no tienen derecho a votar.

Respuesta

Poliplos te ha contestado acertadamente. Nada que agregar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas