Estimada Rocío,
Si la intención de su suegra es únicamente realizar un viaje de turismo, deberá solicitar un visado Schengen de corta duración en el Consulado español en su lugar de residencia. Desde España, podrán extenderle una carta de invitación a fin de que pueda demostrar la disposición de alojamiento durante el tiempo de estancia.
En este sentido, los requisitos de visado de turismo son los siguientes:
1) Billetes de ida y vuelta (plazo no superior a 90 días).
2) Disposición de alojamiento: se demuestra con carta de invitación o reserva de hotel.
3) Medios económicos suficientes: 65 € por día de estancia.
4) Seguro médico por el plazo de estancia.
La carta de invitación es un documento expedido por las autoridades españolas que sirve a una persona extranjera, al momento de solicitar un visado de entrada, para demostrar la disposición de alojamiento en territorio español. Debe ser extendida por parte de una persona nacional o residente en España a favor de la persona extranjera, como prueba exclusiva de alojamiento (no de medios económicos que se deben probar mediante otras pruebas).
De este modo, es importante no confundir la carta de invitación (que sirve únicamente a efectos de acreditar alojamiento) con un visado de entrada (para el cual se deben cumplir todos los requisitos específicos según el tipo de visado). En tanto prueba de alojamiento, la carta de invitación puede ser suplida por una reserva de hotel.
Carta de invitación: http://tolentinoabogados.com/index.php/es/carta-de-invitacion