Me pueden negar la llave del ascensor para bajar al párking?

Tengo un piso alquilado hace 8 años en una comunidad de vecinos que ha decidido hace un mesponer un llave en el ascensor para poder acceder al párking de dicha comunidad. El administrador niega esta llave a los pisos donde se deba comunidad, pero mi contrato tiene incluido los gastos de comunidad, etc... ¿Se pueden negar a darme dicha llave? ¿Qué podemos hacer los inquilinos?

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Los propietarios morosos no pueden ser privados del derecho a usar elementos comunes, como el ascensor. Sólo se admite en algunos casos limitados y concretos, cuando se trata de elementos no necesarios (piscina, pista de tenis) y si así lo estipulan los Estatutos de la Comunidad. Por tanto, el propietario del piso en el que usted vive, puede exigir al Administrador que le entregue copia de la llave, para proporcionársela a usted.

¡Muchísimas gracias poliplos! Yo creo que también es así y más cuando tenemos una plaza de párking vinculada a nuestra vivienda.

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Ante todo hay que decir que los inquilinos no tienen como interlocutor al Administrador de la Comunidad, a quine no pueden exigir la entrega de esa llave, esa exigencia debe dirigirse a su casero para que les proporcione esa llave, a lo que no podrá negarse salvo que el contrato de arrendamiento, que evidentemente yo desconozco, se lo permita.

Si se negara a ello sin justificación debería acudir a la vía judicial.

Pienso que le vendrá bien conocer este enlace

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