¿Es responsable el vendedor de un piso de averías existentes en el agua y calefacción?

Acabo de comprar una vivienda. El contrato de Arras de la vivienda lo firme con un representante de la parte vendedora que poseía un poder notarial para realizar la venta del inmueble.

Antes de firmar el contrato de arras, en las visitas vimos que en algunas partes de la casa, en concreto salón y pasillo había unas placas del parquet levantadas junto al radiador. Me indicó que en su día daría parte al seguro para reparármelo gratuitamente.

En el contrato de arras, incluí la cláusula siguiente: “La vendedora responderá del saneamiento por evicción y vicios ocultos según lo establecido en el Código Civil. La vendedora declara que no existe ninguna avería conocida en las instalaciones y/o suministros de la vivienda entendiendo como tal la red de suministro y distribución eléctrica, de Agua corriente, Agua Caliente Sanitaria, Agua caliente de calefacción y/o desagües. Asimismo declara la no existencia de ningún daño estructural en la vivienda”.

Como indicaba el contrato de arras lo firmo el representante a través del poder notarial que le había firmado la vendedora, pero las escrituras de compra-venta las firmo la dueña del piso.

Una vez comprado el piso, el mismo día voy a verlo y me doy cuenta de que hay una fuga en los radiadores de salón y pasillo que están encharcando el parquet y pueden ocasionar goteras en el piso inferior por lo que debo cortar el agua. Además, al abrir el paso del agua caliente en el cuadro de contadores veo que la tubería está picada y si lo abro fuga.

Mi pregunta es si puedo reclamar a la parte vendedora la reparación de estas averías o defectos y en caso afirmativo, si debo reclamárselo a la persona que firmó el contrato de arras o al dueño directamente.

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Depende de lo indique el poder notarial podrá reclamárselo al representante. Nuestro consejo sería que lo reclamase a ambos indistintamente, el responsable no obstante es el vendedor, no el representante.

Muchas gracias por su ayuda. No obstante, usted considera que tengo derecho a reclamar las averías indicadas?  O me pueden decir que no son reclamables? La cada tiene 30 años y temo que me puedan decir que al comprar una casa vieja me atenia a las consecuencias de que existiesen daños. Sin embargo, yo asumía desgastes, no averías . Un saludo

Nos basamos básicamente en dos cosas que usted indica, primero la cláusula y después la manifestación por parte del vendedor de que las instalaciones funcionaban correctamente.

Si acudiese a la vía judicial, con toda seguridad la parte contraria argumentaría lo que usted indica pero es una defensa poco sostenible (siempre desde nuestro punto de vista). Decida lo que decida, debería enviar notificación a la parte vendedora de los problemas existentes para evitar la alegación temporal por parte de ellos.

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