Contrato venta vivienda entre particulares

Acabo de acordar la venta de mi piso y hago el contrato de arras el lunes pero mi intención es escriturar el piso a final de año y ocuparlo durante tres meses más sin coste. ¿Cómo debo hacerlo constar? ¿Debo pedir más señal y que cantidad es la correcta para 25 millones? ¿Qué costes debe asumir cada parte? ¿Debo tener en cuenta los plazos para no pagar plusvalías innecesariamente? ¿Qué debería tener en cuenta al hacerlo sin intermediarios sin problemas?

1 Respuesta

Respuesta
1
Veamos, el hecho de que tú quieras salir a una fecha determinada no debe suponer un problema si el comprador está de acurdo (supongo que ya lo habréis hablado). Lo único que tenéis que hacer es hacer constar una clausula en el contrato de arras donde se estipule la fecha de salida de la vivienda por tu parte. Ahora bien, también se suele estipular una penalización de POR euros al día (generalmente 60) en concpto de penalización por cada día de retraso.
Los gastos de Comunidad, agua, gas, teléfono, etc. hasta esa fecha seguirán corriendo de tu cuenta.
Respecto a la cantidad de la señal, podéis estipular la que queráis, ahora bien, debéis tener presente que en los contratos de arras penitenciales se estipula que si el comprador no cumpliera, perderá el importe de la señal y si fuera el vendedor el que incumpliera, la señal se devolverá doblada.
Los costes que asume cada parte son los de siempre: Notaría, Impuesto de Transmisiones y Registro de la Propiedad el comprados y el Impuesto Sobre el Incremento de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía), el vendedor. También correrá de tu cuenta el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al ejercicio en que se realiza la transmisión (en Madrid se paga en Noviembre, por ejemplo, con lo que tendrás que tenerlo presente si debes abonarlo a posteriori).
Respecto a la Plusvalía no te preocupes porque se cuenta por años naturales desde la última transmisión. Se toma como fecha la de la escritura pública, pero en tres meses el importe no te variará demasiado.
Te expongo un modelo de contrato de arras penitenciales, por si te sirve de ayuda.
Saludos
----------------------------------
Contrato de arras penitenciales
En XXXX a XXX de XXX de 2004
De una parte: Don/ña XXXXXXXX, mayor de edad, soltero/a, provisto/a de DNI número XXXXXXXX, vecino/a de XXXXXXXX, C/ XXXXXXXXXX. En adelante, la parte compradora.
De otra parte: D/Dña XXXXXXXXXXX, mayor de edad, provisto de DNI número XXXXXX, vecino de XXXXXXXXXXX, C/XXXXXXX En adelante, la parte vendedora.
Intervienen
En su propio nombre y derecho y se reconocen capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento, lo que llevan a efecto bajo los siguientes:
Antecedentes
I.- Que la parte vendedora es dueña de la vivienda situada en XXXXXXXX, C/ XXXXXX, nº XXX, piso XXXX, con inscripción en el Registro de la Propiedad de XXXXXX número XXXXX en el tomo XXXXX, libro XXXX, folio XXXXX, finca nº XXXXXXX, inscripción XXXXXX
Cargas.- Libre de cargas
Situación arrendaticia.- Libre, según aseveran, de arrendatarios, ocupantes y precaristas.
II.- Expuesto lo que antecede, los señores comparecientes
Convienen
Primero.- Que la parte compradora está interesada en la adquisición de la finca antes descrita, por lo que en este acto entrega en concepto de arras penitenciales la cantidad de XXXX euros, con los efectos previstos en el artículo 1.454 del Código Civil, a cuyo tenor podrá rescindirse el presente contrato allanándose el comprador a perder dicho importe, o el vendedor a devolverlo duplicado.
Segundo.- El precio de la venta se establece en XXXX euros, del que deberá deducirse la cantidad hoy entregada en concepto de arras, y que se pagará de la siguiente forma:
a) En cuanto a XXX euros, se corresponden con la cantidad hoy entregada en concepto de arras.
b) En cuanto a XXXXX euros, serán satisfechas a la firma de la escritura pública de compraventa que se producirá el día XXX de XXX de XXXX
Tercero.- A la firma de la escritura pública de compraventa, la parte vendedora se obliga a entregar la finca en el estado arrendaticio y de cargas antes descrito con

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas