¿Es obligatorio formar por ley una comunidad de vecinos , si son mas de tres propietarios y si tienes accesos comunes?

Estoy en proceso de la compra de una casa ( de banco).

Somos tres vecinos, de los cuales unos son propietarios, otros se encuentran de alquiler más nosotros.

La vivienda consta de un bajo y dos primeros, y aparte, una zona común en la cual, se pueden aparcar los coches de cada uno de los propietarios ( tres, plazas en total), ( pero en la nota simple no aparecen como plazas de garaje, sino como zonas comunes ), así que no tendríamos que declarar esto con el ivi, solo sería la vivienda.

Ayer, cuando volvimos a visitar el piso, vimos a un vecino y nos dijo que no podemos hacer uso del garaje, porque la puerta está rota, y que ellos no van a pagar absolutamente nada, porque cada uno ahí va a su bola, y que tan ni siquiera creo que tengan formada una comunidad . Si está sucio el portal cada uno limpia un poco, si hace falta alguna mano de pintura uno si apetece lo pinta y asi con el resto de las cosas comunes, vamos, que no hay normas.

Les dijimos que si hay usos comunes y se estropea algo como el tema de la puerta, deberían tener una comunidad, ¿por qué resulta que yo no puedo meter el coche en ese espacio común y nadie quiere poner un duro? ¿Por qué no quieren constituir una comunidad . Pero estamos locos?

Le comentamos que entonces que pasa, que si arreglamos nosotros la puerta para poder entrar, ¿entonces lo usaríamos solo nosotros no?

Y… Palabras de nuestro vecino fueron,,, a no, no . Si arregláis la puerta, yo meto mi coche también porque para eso tengo ahí mi plaza también. ¿PERDONNNN?

Por favor, me gustaría saber si se está obligado por ley a formar una comunidad en nuestro caso, porque si una puerta tan ni siquiera quieren arreglarla, imaginaros que vengan problemas de humedades o alguna otra cosa, y nadie quiera pagar nada.

Gracias de antemano un saludo, y les estare muy muy agradecida si pueden ayudarme o asesorarme. GRACIAS

3 Respuestas

Respuesta

Estamos de acuerdo con Poliplos. No es obligatorio formar una comunidad pero sería aconsejable porque hay espacios comunes en la comunidad. Y hay que aplicar la LPH.

De todas formas le paso unos enlaces de artículos que son prácticos e interesantes.

http://www.fincasmistral.com/blog/pagare-mas-si-se-constituye-la-comunidad-de-propietarios/

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No existe obligación legal de constituir formalmente la Comunidad, pero eso no implica que la Comunidad no exista o que no sea de aplicación la LPH. Por tanto, usted podría exigir que el edificio se mantenga como corresponde y como exige la Ley.

No obstante, visto todo lo que comenta, me planteo seriamente si es aconsejable que adquiera usted esa vivienda. Está claro que van a tener enfrentamientos constantes y que se van a tener que ver las caras en los juzgados ante cualquier asunto que se les plantee.

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Como bien te indica Poliplos, no es obligatorio formar una comunidad, con estatutos y demás, pero como hay espacios comunes, debe de aplicarse obligatoriamente la Ley de Propiedad Horizontal. Hacer reuniones y tener un plan de ingresos y gastos comunes.

Como realmente si hay obligaciones de división horizontal, lo más aconsejable es que realizan y aprobar unos estatutos aunque sean básico, fijar unas cuotas mensuales y hacer un plan de necesidades de las más urgentes a las más básicas, para el correcto mantenimiento de las partes comunes del inmueble.

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