Me puedo jubilar a los 61 años

La empresa en la que estaba trabajando se declaró en concurso de acreedores voluntario el 15 de julio del 2014, por consiguiente cerró esta empresa. Voy a cumplir 54 años y tengo cotizados a la seguridad social 28 años ¿Me podría jubilar a los 61 años?.

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Para poder acceder a la Jubilación Anticipada Forzosa (4 años antes de la edad de Jubilación Ordinaria) es imprescindible, entre otros requisitos, tener al menos 33 años cotizados.

Si ahora tienes 54 años habrás nacido en 1961 (mes arriba o abajo) y por lo tanto en 2026 tendrás 65 años. En dicho año y dado el régimen transitorio de la nueva Ley de Jubilaciones (RDL 27/2011) la edad legal de Jubilación es de 65 años con la carrera completa de cotización de ese año (38 años y 3 meses cotizados) y de 67 años sin carrera completa de cotización. Por lo tanto la edad de tu Jubilación Anticipada "Forzosa" (por venir de un cierre con concurso de acreedores) será de 63 años (en 2024) y además reitero deberás tener al menos 33 años cotizados .

El periodo de prestación de desempleo -"el paro"- SI computa como cotizado, también computa como cotizado el posterior subsidio para mayores de 55 años -cuyos requisitos son bastante exigentes- y también podrías (al terminar el paro) subscribir un Convenio Especial con la Seguridad Social en el que tu abonas las cuotas de tus cotizaciones. A estos efectos el periodo del Servicio Militar Obligatorio computa como un año de cotización "ficticia".

No obstante estos últimos 4 años ha habido una Reforma de la Ley y al menos tres "retoques" de entidad sobre las Pensiones (y no solo en España, sino en toda Europa) y al ser un tema "candente" no sería de extrañar que hasta el 2024 vuelvan a realizarse bastantes cambios (generalmente "a peor") y no parece prudente evaluar situaciones a tan largo plazo y tomar decisiones en un escenario tan cambiante.

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