Baja laboral por convenio 100% sueldo real(solo percibo el 75%)

El viernes 20 marzo tuve un accidente en itinere. Segun creia por el convenio de la sanidad privada de sevilla al cual esta acogido mi empresa cobraria el 100% del sueldo, la base de cotización por contingencias profesionales del mes anterior a la baja es de 1.364,27€. Segun tengo entendido la base reguladora para configurar mi nomina de baja se obtiene dividiendo la base de cotización por contingencias profesinales entre 30 dias del mes lo cual son unos 45,48€ de base reguladora diaria, pero mi empresa solo me esta abonando el 75% de mi sueldo agarrandose al art. 30 de mi covenio el cual os espongo a continuación.

Art30, sanidad privada de sevilla. Incapacidad laboral.

Los trabajadores afectados por el presente convenio colectivo, percibiran el 100% del salario real correspondiente al mes en que se produzca baja en los casos de I. T., por enfermedad común, accidente no laboral y laboral, en los supuestos de intervención quirúrgica hospitalizada y mientras dure dicha hospitalizacion y en casos de alumbramientos con cesárea.

Independientemente de lo anterior, el trabajador en el supuesto de accidente laboral, percibira el 100% del SALARIO REAL desde el primer dia de la baja.

Asi mismo, en los supuestos de accidente no laboral y enfermedad común, el trabajador percibira el 60% del salario real durante los tres primeros días de baja, y por una sola vez al año.

La vigencia de lo recogido en los dos ultimos parrafos sera a partir de la firma del presente convenio colectivo.

Segun ellos poniendo una base reguladora de 34,11€por 30 dias(1.025€) ya estoy cobrando mas de mi sueldo real. Mi preocupación es que estoy cobrando justo el 75% de la prestacion que es lo que me paga la mutua, pero el 25% que deveria de pagarme la empresa se lo estan ahorrando con la escusa de que mi sueldo real es de 960€(es el importe de mi sueldo base, pero yo percibo mensualmente pluses de nocturnidad, peligrosidad...) y segun ellos pagandome asi ya lo superan en mas de 40€. ¿Es esto legal? ¿Se puede interpretar así el convenio?, me quedan bastante meses de baja y estoy acostumbrado a cobrar un sueldo de unos 1.000€ y desde que empece la baja laboral no he pasado de 850€.

1 respuesta

Respuesta
-1

Al parecer, ellos interpretan que al estar de baja no debes percibir los complementos de nocturnidad y de peligrosidad. Por tanto, deberías ver si en el convenio dice algo sobre estos pluses en relación a la forma de cobrarlos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas